Las vacaciones de invierno ya comenzaron, y no sólo para los niños, porque algunos adultos también se toman algunos días en esta época del año, independiente si tienen hijos o no
Una de los tantos temas a los que hay que estar atentos antes de tomarse este merecido descanso es el alojamiento. Mientras algunos optan por hoteles y hostales o casas de familiares, muchos otros optan por arrendar una casa o departamento.
Por lo mismo, si usted va a alquilar una vivienda en la playa, no deje que nada arruine sus vacaciones y tome todas las precauciones posibles para evitar ser estafado, ya que esta es una de las épocas del año donde proliferan estos delitos.
Frente, el director ejecutivo del Círculo de Corredores de Propiedades, José Ignacio Vicente, entrega las siguientes recomendaciones que usted debe tener muy presente antes de realizar un arriendo:
- Solicite firmar un contrato aunque sean pocos días, como parte de una buena práctica, ya que ley dice que para arriendos inferiores a tres meses, no es necesaria su celebración
- En él se deben establecer todas las «promesas» de la publicidad que lo hizo tomar la decisión y especificar claramente con qué cuenta inmueble (inventario)
- Si va a realizar el arriendo a través de una corredora, fíjese que la empresa que publica la propiedad esté certificada
- Revise, además, que cuente con una dirección establecida y un número fijo donde contactarse
- Evite pagos por adelantado. De lo contrario, hágalo idealmente en las oficinas de la corredora y no mediante una transferencia.
- Además, vaya a ver la propiedad si es factible antes de transferir el adelanto y luego exija un comprobante del traspaso de dinero.
¿Qué hacer si quiero arrendar mi casa?
Si es usted quien va a poner en arriendo una propiedad, lo más aconsejable es seguir pasos similares, como realizar un contrato que adjunte un inventario de los bienes que la componen, lo más detallado posible. Si puede incluir una foto y un valor estimado a cada elemento, mejor aún.
En ese sentido, José Ignacio Vicente recomienda además “dejar estipulado que se podrían realizar cobros adicionales ante hechos como la rotura de una ducha o la desaparición de vajilla. De lo contrario, será el propietario quien deba asumir ese costo. Otra opción es cobrar una garantía”.