Noticias

Columna de Raimundo Varela: Transparencia y pequeña propiedad raíz

Los ciudadanos que no tengan título de dominio de la propiedad en la que viven, rural o urbana, y especialmente aquellas personas que no tienen un título inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, pueden solicitar al Ministerio de Bienes Nacionales el reconocimiento de la calidad de poseedores regulares de dichos bienes con el objetivo de quedar habilitados para adquirir su dominio una vez que transcurra cierto plazo, es lo que en términos generales establece la ley que permite regularizar pequeñas propiedades raíces, cuando los poseedores de aquellas no tienen un título.  

Para ejercer este derecho a la pequeña propiedad raíz, las personas que tengan la calidad de poseedores materiales deben presentar determinados antecedentes y documentos ante la autoridad respectiva, en este caso, el Ministerio de Bienes Nacionales, iniciándose de esta forma un procedimiento ante dicha cartera ministerial, que concluirá, en caso que se cumpla con todos los requisitos, con el reconocimiento por parte del organismo público, de la calidad de poseedor regular.

El Consejo para la Transparencia se ha pronunciado sobre los antecedentes de las resoluciones por la cuales el Ministerio de Bienes Nacionales reconoce la calidad de poseedores regulares a quienes alegan tal atributo, estableciendo la publicidad de dicha información, en razón de que los antecedentes constituyen el fundamento del acto administrativo, por el cual el Ministerio autoriza la regularización de la pequeña propiedad raíz rural o urbana.

Publicidad

Con ello, los ciudadanos pueden tomar conocimiento del cumplimiento de cada una de las etapas del procedimiento para acceder al reconocimiento de la calidad de poseedor de una pequeña propiedad raíz, rural o urbana, y además, pueden realizar el debido control social en la materia, pues se trata de un reconocimiento hecho por el Estado respecto de una situación de hecho y por otra parte sirve como mecanismo de vigilancia frente a situaciones de regularizaciones fraudulentas o irregulares, pues la propia ley establece la posibilidad de oponerse al procedimiento de regularización, de reclamar ciertas indemnizaciones o incluso de perseguir criminalmente a los responsables, en determinados casos.

Las opiniones expresadas aquí no son responsabilidad de Publimetro

 

Síguenos en Google News:Google News

Contenido Patrocinado

Lo Último