Un tribunal de Módena (Italia) acogió la demanda que una adulta mayor presentó contra sus dos hijos de 42 y 40 años, los cuales deberán abandonar el hogar de su madre antes del 18 de diciembre del presente año. El juez estimó que “la obligación alimentaria que incumbe al progenitor, ya no parece justificable”, considerando que “los dos demandados son personas físicas de más de cuarenta”.
La mujer, de 75 años de edad, estaba cansada de alojar en su casa a sus dos hijos adultos. Si bien ambos trabajaban, le molestaba que no contribuyeran para solventar los gastos del hogar y que ni siquiera ayudaran en las tareas domésticas. Había intentado varias veces convencerlos de que buscaran un alojamiento independiente, pero ambos se negaron en repetidas ocasiones.
Según los antecedentes del caso dados a conocer por Diario Constitucional, la madre ayudó activamente a sus hijos mientras estaban desempleados y cuando consiguieron un empleo esperaba que hicieran abandono del hogar, lo cual no ocurrió. Por ello los demandó y obtuvo un fallo favorable, pues el tribunal ordenó a los “niños” hacer abandono del inmueble, bajo apercibimiento de ser desalojados por la fuerza pública.
“La obligación de ofrecer hospitalidad en el domicilio ha dejado de existir, ya que no existe ninguna disposición en la legislación que atribuya a los hijos adultos el derecho incondicional a permanecer en la casa de propiedad exclusiva de sus padres, contra su voluntad y en virtud únicamente del vínculo familiar”, señaló el juez del caso.