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Te contamos qué son los días administrativos y cómo cobrarlos

Los días administrativos, como bien dice su nombre, son días libres, con goce de sueldo, que tienen los trabajadores para hacer trámites personales.

Los días administrativos, como bien dice su nombre, son días libres, con goce de sueldo, que tienen los trabajadores para hacer trámites personales. Cobrar días administrativos parece simple, pero no lo es. Este derecho no está garantizado para todos los trabajadores. En los casos de empresas privadas, estos derechos, en general, son ganados en los contratos colectivos de los sindicatos de trabajadores.

El Código del Trabajo no contempla como derecho el permiso administrativo para trámites particulares o personales. Sólo garantiza el permiso médico, que corresponde a medio día laboral, una vez al año. Este beneficio es para trabajadoras mayores de 40 años y trabajadores mayores de 50. Sirve sólo para realizar los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, o exámenes preventivos como el papanicolaou

También existen otros permisos que concede la ley a los trabajadores.

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  1. Tres días hábiles por la muerte del padre o madre.
  2. Siete días corridos por la muerte del cónyuge o conviviente civil.
  3. Siete días corridos por la muerte de un hijo o hija.
  4. Tres días hábiles por la muerte de un hijo o hija en gestación.
  5. Cinco días hábiles por contraer matrimonio o Acuerdo de Unión Civil.

También cuenta con 15 días de feriado anual, más conocidas como vacaciones, que se pueden tomar desde el primer año de antigüedad en la empresa. Aunque también se puede negociar desde los 06 meses de trabajo continuo. En el caso de las regiones del extremo sur del país, el feriado anual es de veinte días hábiles.

El beneficio de feriado progresivo o “vacaciones progresivas”, consiste en el derecho de todo trabajador a sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados, 120 cotizaciones previsionales, para el actual o anteriores empleadores.

Entonces, ¿puedo cobrar días administrativos?

Pero volviendo a los días administrativos. Hay algunos garantizados por ley, como a los docentes municipales, que cuentan con seis días anuales con goce de sueldo.

En cada caso es mejor preguntar en el departamento de recursos humanos de cada empresa, si se cuenta con este beneficio y cómo poder ocuparlo.

Nosotros en Publimetro contamos con dos días de permiso al año, derecho garantizado por el Sindicato de Trabajadores, en su negociación colectiva.

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