Siempre que hay un anuncio en los balances del Minsal surgen dudas, más aún cuando se trata de modificaciones a la norma o nuevas restricciones y es lo que pasó hoy.
La subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, explicó que se endureció la denominación de esencial, tanto los bienes como los trabajadores.
Trabajador esencial
“Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización. Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga”.
Esa es la definición de trabajador esencial. Y esto responde de forma inmediata la duda que surgió en redes sociales: ¿los conserjes son esenciales? y sí, lo son.