El vicepresidente del Senado, Carlos Bianchi, ingresó a tramitación un proyecto destinado a dar rango constitucional “a la prohibición del lucro en educación” y, de ese modo, despejar toda duda sobre la prohibición de toda forma de obtención de utilidades a partir de la gestión de servicios educacionales.
Lo anterior luego del fallo del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la prohibición de que empresas con fines de lucro puedan ejercer el control de instituciones de educación superior, múltiples sectores y representantes políticos criticaron las amplias facultades de control preventivo de dicha instancia y los contenidos de su resolución.
El senador Bianchi explicó que “lo que buscaba la nueva Ley de Educación Superior que sancionamos en el Parlamento y que el Tribunal Constitucional mutiló, era asegurar de forma inequívoca que las instituciones de educación superior fueran personas jurídicas sin fines de lucro, que se constituyeran con el único objetivo de otorgar servicios educacionales y que sus dueños no pudieran a través de sociedades controladoras eludir la ley, obteniendo como lo hacen hasta hoy, utilidades por la vía de eludir el espíritu de la Ley y la Constitución”.
“Esta idea -agregó Bianchi- de que la educación no sea un negocio está en la ley desde la dictadura militar, que el año 80, cuando permite la existencia de universidades privadas, lo hace exigiendo que no tengan lucro. Pero los dueños de las universidades se las han arreglado con diversos subterfugios para hacer crecer un millonario negocio durante muchos años, con la obsecuencia de autoridades de todos los colores políticos”.
Por esto, aseguró tener “una postura absolutamente independiente, sin vínculo ni compromisos con los mercaderes de la educación y -por tanto- puedo y debo hacer todo cuanto esté a mi alcance para asegurar que no se haga negocio con la educación de nuestros jóvenes”.
Explicó que esta es una discusión jurídico-técnica, en la cual los partidarios del lucro buscan que algunas empresas sí puedan controlar universidades que por ley no pueden lucrar. “Ellos argumentan que se debe respetar el principio de la libertad de enseñanza, que es un derecho constitucional establecido en el artículo 19 número 11 de la Constitución para garantizar qua toda persona tenga “el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”, dijo.
Esta argumentación, según el senador, “artificialmente pone en colisión dos principios. Por un lado, la idea de que la educación superior universitaria es una labor de bien público, de construcción de sociedad y difusión de ideas que no puede ser fruto de una actividad en beneficio de un dueño y el principio de que todos tenemos derecho a educar y entregar servicios de educación a la comunidad”.
“En este contexto -concluyó- y por la importancia que tiene la Educación para nuestro futuro como país, creemos de absoluta necesidad de realizar una urgente reforma a nuestra Constitución Política, de manera tal que el lucro en materia de Educación no tenga una prohibición sólo de rango legal, sino que también de rango Constitucional y se elimine cualquier posible interpretación sobre la relevancia de este tema”.