En marzo se aprobaron 133.945 nuevas solicitudes del Seguro de Cesantía, esto es un aumento de 4,1% respecto a igual mes del año pasado.
A nivel nacional, en el período marzo 2016 – marzo 2017 las principales alzas en el número de nuevas solicitudes se registraron en las regiones de O’Higgins, Atacama y Aysén, con 26,8%, 21,2% y 19,9%, respectivamente. Mientras que las mayores disminuciones en un año se vieron en Arica y Parinacota (-22,4%), Los Lagos (-12,1%) y Tarapacá (-11,6%).
En tanto, los sectores que registraron aumentos en la cantidad de solicitudes respecto del mismo mes del año pasado fueron «Agricultura, servicios agrícolas, caza, silvicultura y pesca» (20,9%); «Industrias manufactureras» (4,9%) y «Finanzas, seguros, bienes inmuebles y servicios técnicos, profesionales y otros» (4,5%). Desde la vereda opuesta, los rubros económicos con mayores disminuciones en las solicitudes de beneficios fueron «Minas, petróleo y canteras» y «Electricidad, gas y agua» con variaciones negativas de 9,1% y 5,1%, respectivamente.
Beneficiarios
178.942 afiliados recibieron el beneficio de Seguro de Cesantía en marzo, lo que implica un aumento de 2,4% respecto a igual mes del año anterior.
De esta cifra, 65,4% corresponde a trabajadores con contrato a plazo indefinido, mientras que el 36,6% de los beneficiarios fueron mujeres. Respecto al monto, el beneficio promedio en marzo fue de $301.047.
En febrero de 2017, el número de afiliados al seguro de cesantía alcanzó a 9.117.617 trabajadores, lo que significó un alza del 3,9% respecto a igual mes del año anterior.
¿Qué es el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía es un instrumento que brinda protección económica a los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, frente a la pérdida del empleo, ya sea por causas voluntarias o involuntarias. Otorga ingresos monetarios y otros beneficios, tales como cobertura de salud (Fonasa), asignaciones familiares y aporte a la cuenta de capitalización individual de las AFP.
Está constituido por dos fondos: el Fondo de Cesantía (constituido por las cuentas individuales por cesantía) y el Fondo de Cesantía Solidario. A estos fondos aportan el trabajador, el empleador y el Estado. Cuando los recursos de ahorro individual son insuficientes y el trabajador cumple con requisitos especiales de acceso, el Fondo de Cesantía Solidario complementa el financiamiento del beneficio.
Pueden cobrar el seguro los trabajadores dependientes afiliados al Seguro de Cesantía, que se encuentren cesantes al momento de solicitar el beneficio y cumplan con los requisitos de acceso:
a) Beneficios con cargo a la cuenta individual por cesantía (CIC):
i) Trabajadores con contrato indefinido
• 12 cotizaciones continuas o discontinuas
• Causal de término de contrato: todas
ii) Trabajadores con contrato a plazo fijo, obra o servicio:
• 6 cotizaciones continuas o discontinuas
• Causal de término de contrato: todas
b) Beneficios con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS):
• Tener 12 cotizaciones acreditadas al FCS en los últimos 24 meses anteriores a la fecha del finiquito, de las cuales las 3 últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
• Tener saldo insuficiente en la CIC para financiar las prestaciones del FCS, tanto en los montos (% remuneración promedio últimos 12 meses) y en el número de períodos señalados en la Ley 19.728.
• Causal de término de contrato: vencimiento del plazo convenido en el contrato, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito o fuerza mayor, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, o empleador sometido a un procedimiento concursal de liquidación.
• Certificación de la búsqueda efectiva de empleo, a través de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).