Fue a propósito del asesinato de un matrimonio en la comuna de Graneros, en la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, que la candidata presidencial de la UDI y RN, Evelyn Matthei, sacó el tema a colación, generando una serie de declaraciones cruzadas del resto de los abanderados.
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En el caso de la candidata del PPD, Carolina Tohá, ésta tomó distancia y sostuvo que en “las campañas siempre aparecen estas cosas que son como el humo propio de las propuestas”, en referencia a lo planteado por la exalcaldesa de Providencia, quien cree que la pena de muerte debe de aplicarse en algunos casos.
La abanderada del PPD agregó que esa medida “no ha funcionado, en ninguna parte ha hecho una diferencia en materia de seguridad la pena de muerte”.
En ese sentido, Tohá sostuvo que “al frente tienen muchas peleas en este tema, nosotros en este lado estamos claros”, luego que el candidato presidencial del Partido Republicano, José Antonio Kast, rechazara la medida de Matthei asegurando que ellos defiende "la vida desde la concepción hasta la muerte natural".
Carolina Tohá remarcó sobre el punto que “Chile logró un acuerdo para eliminar la pena de muerte” y considera que "hay que aplicar las penas más duras a los delincuentes más violentos, las penas del infierno a los delincuentes violentos, pero la pena de muerte no“.
Por tal razón, consideró que se deben endurecer las medidas carcelarias, porque “es evidente que los delincuentes violentos tienen que tener regímenes de alta seguridad y eso incluye ciertamente más aislamiento”.
La pena de muerte en Chile
La discusión política y legislativa respecto de la pena de muerte se dio durante el gobierno de Ricardo Lagos, a propósito de la modificación del Código Penal, la ley de Seguridad del Estado y el Código de Justicia Militar, derogando la medida el año 2001 y reemplazándola por la de presidio perpetuo calificado, estableciendo que el condenado no podrá optar a la libertad condicional antes de 40 años privado de libertad efectiva.
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Sin embargo, para el caso de la Justicia Militar, la pena de muerte se mantiene solo para los tiempos de guerra.
La Constitución, por su parte, señala en su artículo 19, número 1, que la pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado.