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Corte Suprema anula expulsiones de estudiantes del Colegio Saint George’s por crear imágenes con IA de compañeras

La máxima instancia judicial revocó las sanciones, respaldando su derecho a decidir sobre medidas disciplinarias en el contexto de su proyecto educativo.

Colegio Saint George's

La Corte Suprema decidió revocar las expulsiones de cuatro estudiantes del Colegio Saint George’s de Vitacura, quienes enfrentaban acusaciones de difundir imágenes de compañeras con rostros superpuestos a cuerpos desnudos, generadas mediante inteligencia artificial.

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Este fallo se produce tras la apelación de los apoderados de las víctimas, quienes consideraban que la sanción impuesta por el establecimiento era insuficiente. En su resolución, el máximo tribunal del país determinó que no había ilegalidad ni arbitrariedad en la decisión del colegio de aplicar solo una medida condicional en lugar de la expulsión. La Corte también destacó la autonomía constitucional de las instituciones educativas privadas, permitiéndoles establecer sus propias normas y sanciones conforme a su reglamento interno.

Detalles del fallo

La Tercera Sala de la Corte Suprema, en un fallo dividido, revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago. Esta última había ordenado la expulsión de los estudiantes, argumentando que el colegio no había actuado con la severidad suficiente ante la gravedad de las acciones cometidas.

El tribunal superior aclaró que la sanción aplicada se encontraba dentro de las posibilidades que permite el reglamento del establecimiento. De acuerdo al veredicto, “la elección de una de las sanciones disciplinarias posibles dentro del catálogo de las definidas en el reglamento interno de un establecimiento educacional privado se inserta en su proyecto formativo”.

En este sentido, el fallo enfatizó que la convivencia y las normas de comportamiento son parte del aprendizaje que se busca impartir en la comunidad escolar. Adicionalmente, el tribunal subrayó que “en tales condiciones no se aprecia -en la actuación que se reprocha- transgresión a la legalidad, en tanto la decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados, en ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, que toda la comunidad escolar reconoce y acepta al elegir el colegio recurrido”.

La Corte también mencionó que el establecimiento educativo había implementado “medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales, que completan el carácter corrector y formador de las sanciones disciplinarias impuestas”.


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