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Jorge Valdivia deja la cárcel de Rancagua y queda con arresto domiciliario y arraigo

El exfutbolista recién pudo retirarse cerca de la medianoche desde el recinto penitenciario de Rancagua.

Luego de permanecer durante nueve días recluido en la cárcel de Rancagua, el exfutbolista Jorge Valdivia recobró ayer su libertad cuando, tras revisar el recurso de amparo interpuesto por la defensa, la segunda sala de la Corte Suprema revocó la prisión preventiva del exjugador.

La Fiscalía Metropolitana Oriente investiga al exseleccionado nacional por cuatro delitos sexuales, los que habrían afectado a dos mujeres distintas. En este caso, indaga dos delitos de violación, uno de abuso sexual agravado y otro de abuso sexual.

Desde el 28 de noviembre Valdivia cumplía la medida cautelar de máxima intensidad en e recinto penitenciario rancaguino, por orden de la Corte de Apelaciones de Santiago.

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El imputado quedó ahora con arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas.

“Se deja sin efecto la resolución dictada (...) por la Corte de Apelaciones de Santiago, por la cual se impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva contra el imputado, decretándose respecto del amparado la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas”, señala la resolución.

“Dese orden inmediata de libertad si no hubiere de permanecer privado de ella por otro motivo”, agrega la resolución, que fue firmada por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Maria Cristina Gajardo, Jorge Pizarro y el abogado integrante Álvaro Vidal.

Tras conocer la decisión de la Corte Suprema, el abogado de una de las denunciantes, Jorge Correa, expresó su desacuerdo: “No la compartimos”, afirmó.

“Demuestra haber tenido un conocimiento totalmente acabado de la carpeta (investigativa), cosa que jamás ni siquiera la parte de la defensa lo vio”, planteó el profesional.

Por su parte, luego de la exposición realizada ante el tribunal, la abogada defensora de Valdivia, Paula Vial, había asegurado a la prensa -èvio a la resolución de ayer- que la determinación de prisión preventiva “no hace referencia a la primera denunciante”.

“Se remite solo a un voto anterior, y respecto a la segunda, comete una serie de errores de atribución de hechos que cambian el sustrato fáctico”, había declarado a CHV. Añade que “confunde el test toxicológico, señalando que sería de la segunda denunciante y lo considera como un elemento que corrobora los hechos, pero este test toxicológico es de la primera denunciante”.

“También señala que el estado de embriaguez sería algo que tendría privada de sentido a la segunda denunciante en circunstancias en que el propio Ministerio Público señala que no se trata de eso, que el problema no es el alcohol, y eso es determinante porque es un elemento fundamental para la existencia del delito”, añadió.

Vial afirmó a CHV “que es evidente que estos errores dan cuenta de que, en realidad, (el delito) no existe”.

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