Orientado a menores de 18 años, el subsidio de discapacidad en Chile busca entregar a los sectores más vulnerables del país las herramientas, tanto económicas como en tratamientos médicos, para sostener parte del cuidado necesario para personas que sufran de discapacidades mentales, físicas y sensoriales severas.
PUBLICIDAD
Un aporte monetario que a la fecha alcanza a los $107.148 por mes, y que es gestionado en el Instituto de Previsión Social (IPS) por mandato de la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), para aquella población que pertenezca al 60% más pobre en el país y que haya sido diagnosticada con alguna discapacidad total o parcial según se establece en decretos supremo y legislación vigente de los ministerios del Trabajo o Previsión Social, y de Salud.
Detalles del subsidio de discapacidad
Monto en dinero que no está afecto a pago de impuestos, y que además provee a sus beneficiarios el acceso a una serie de prestaciones médicas y asistencia médica de carácter gratuito.
¿Pero quiénes pueden recibir este beneficio y qué documentos deben presentar? Según establece la SUCESO, todos aquellos menores de 18 años, que “presenten discapacidad mental o discapacidad física o sensorial severa”, podrán optar a este aporte estatal en el caso de cumplir a lo menos con cuatro requisitos.
El primero de ellos, ser menor de 18 años; y en segundo lugar, haber sido declarado " con discapacidad mental o con discapacidad física o sensorial severa, conforme a lo señalado en el DS N°54, del 22 de junio de 2022, del Ministerio del Trabajo o Previsión Social, en las disposiciones establecidas en la Ley N°20.422, lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°18.600 y en el decreto supremo N°47, de 2013, del Ministerio de Salud”.
El tercer requisito para postular es pertenecer “al 60% de la población más pobre en Chile, de acuerdo con el instrumento de Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH)”; y finalmente, tener residencia continua en el país por “al menos por tres años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud”.
Las entidades públicas que están designadas por ley para gestionar y entregar esta beneficio son el “Instituto de Previsión Social para la administración integral del subsidio”, y en otros casos, podrán “recibir solicitudes”, las “municipalidades con las que el IPS tenga convenio”.