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¿Qué documentos necesito para postular al bono estatal de más de 100 mil pesos que se entrega por el Subsidio de Discapacidad?

Junto al monto mensual en dinero, el beneficio también ofrece asistencia médica gratuita para personas vulnerables que presenten discapacidades mentales y físicas.

El subsidio de discapacidad es uno de los beneficios estatales que buscan apoyar económicamente a los sectores más vulnerables del país.
Personas con discapacidad. Fuente: AgenciaUno. (Marcos Zegers )

Orientado a menores de 18 años, el subsidio de discapacidad en Chile busca entregar a los sectores más vulnerables del país las herramientas, tanto económicas como en tratamientos médicos, para sostener parte del cuidado necesario para personas que sufran de discapacidades mentales, físicas y sensoriales severas.

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Un aporte monetario que a la fecha alcanza a los $107.148 por mes, y que es gestionado en el Instituto de Previsión Social (IPS) por mandato de la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO), para aquella población que pertenezca al 60% más pobre en el país y que haya sido diagnosticada con alguna discapacidad total o parcial según se establece en decretos supremo y legislación vigente de los ministerios del Trabajo o Previsión Social, y de Salud.

Detalles del subsidio de discapacidad

Monto en dinero que no está afecto a pago de impuestos, y que además provee a sus beneficiarios el acceso a una serie de prestaciones médicas y asistencia médica de carácter gratuito.

¿Pero quiénes pueden recibir este beneficio y qué documentos deben presentar? Según establece la SUCESO, todos aquellos menores de 18 años, que “presenten discapacidad mental o discapacidad física o sensorial severa”, podrán optar a este aporte estatal en el caso de cumplir a lo menos con cuatro requisitos.

El primero de ellos, ser menor de 18 años; y en segundo lugar, haber sido declarado " con discapacidad mental o con discapacidad física o sensorial severa, conforme a lo señalado en el DS N°54, del 22 de junio de 2022, del Ministerio del Trabajo o Previsión Social, en las disposiciones establecidas en la Ley N°20.422, lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°18.600 y en el decreto supremo N°47, de 2013, del Ministerio de Salud”.

El tercer requisito para postular es pertenecer “al 60% de la población más pobre en Chile, de acuerdo con el instrumento de Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH)”; y finalmente, tener residencia continua en el país por “al menos por tres años, inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud”.

Las entidades públicas que están designadas por ley para gestionar y entregar esta beneficio son el “Instituto de Previsión Social para la administración integral del subsidio”, y en otros casos, podrán “recibir solicitudes”, las “municipalidades con las que el IPS tenga convenio”.

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