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¡Atención con el feriado bancario 2024! Que no se te pase el último día para hacer trámites presenciales en las instituciones financieras

Tal como indica la Ley General de Bancos, el año termina anticipadamente para estas instituciones.

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el organismo estatal donde se puede gestionar el pago del aguinaldo navideño para pensionados en Chile.
Fuente: AgenciaUno.

Este lunes 30 de diciembre es el último lunes del año 2024 y además el último día en el que se podrán realizar trámites presenciales en los bancos e instituciones financieras, todo esto, debido al denominado “feriado bancario”, el que rige para todos estos establecimientos.

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Así, de acuerdo a lo indicado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) el feriado bancario este año es este martes 31 de diciembre, por lo que el último día hábil para hacer trámites de manera presencial en los bancos e instituciones financieras es este lunes 30 de diciembre.

El feriado bancario, determina que los bancos no pueden atender público, por lo que las puertas permanecen cerradas. De esta forma, si usted necesita hacer un trámite en el banco y no lo hace este lunes, tendrá que esperar para hacerlo hasta el jueves 2 de enero de 2025.

¿Qué implica el feriado bancario?

El denominado feriado bancario está establecido en el artículo 38 de la Ley General de Bancos, el que señala que “los bancos y sociedades financieras no atenderán al público los días sábado de cada semana y el día 31 de diciembre de cada año. En ningún caso deberán considerarse esos días como festivos o feriados para los efectos legales, excepto en lo que se refiere al pago y protesto de letras de cambio”.

Sin embargo, la Ley Fintec, que fue promulgada en 2023, dipuso el cambio del artículo 38, todo esto luego que la “CMF emita las normas que ese nuevo texto legal contempla”.

Pese a lo anterior, la CMF aún no ha dictado las normas a las que hace referencia, por lo que el artículo nuevo no ha entrado en vigor.

Por todo esto, todavía sigue aplicando lo señalado en el artículo 38 de la Ley General de Bancos, el feriado bancario implica que los días 31 de diciembre de cada año los bancos e instituciones financieras no atenderán público.

Eso sí, hay que destacar que los canales digitales de las entidades bancarias seguirán atendiendo y funcionando con normalidad.

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