En nuestro país la necesidad de vivienda es una realidad que no sólo considera a los sectores más carenciados en Chile, sino que miles de familias de estratos sociales medios que no cuentan con el capital económico para afrontar totalmente con el desafío de la adquisición de la casa propia.
Un escenario que en los últimos años ha llevado a que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) lidere una serie de subsidios con la finalidad de apoyar en un alto porcentaje con los dineros para comprar una propiedad o, en algunos casos, tener la posibilidad de contar con los recursos complementarios para arrendarlas.
¿Qué opciones tengo para acceder a una vivienda con subsidio?
Según explica la autoridad pública, existen una serie de “distintas opciones” ofrecidas a través de subsidios estatales “para que las familias puedan acceder a una vivienda y así mejorar su calidad de vida”. Ellos “a través de programas habitacionales, con los cuales “podrás acceder a ayudas económicas que entrega el Estado”.
La primera de estas, para comprar una vivienda, alternativa que ofrece “distintos tipos de subsidios”, que dependerán “del precio de la casa o departamento y de la clasificación social y económica del grupo familiar, de acuerdo al nivel de vulnerabilidad indicado en el Registro Social de Hogares (RSH)”.
“El subsidio te ayudará para financiar parte del valor de la propiedad, y la diferencia deberá ser pagada con recursos propios o con un crédito hipotecario”, explican.
Entre los requisitos que se requieren para este beneficio, se incluyen el “no ser propietario de una vivienda, tener mínimo 18 años al momento de postular y estar inscrito en el RSH”.
En este proceso se incluyen el subsidio para comprar una vivienda construida de hasta 950 UF (DS49); el DS1 en su primer tramo, para optar al subsidio de compra de una propiedad de hasta 1.100 UF; en su segundo tramo, para adquirir una residencia de hasta 1.600 UF; y en su tramo número tres, para postular a una vivienda de hasta 2.200 UF; el leasing habitacional, y la integración social y territorial (DS19).
La segunda opción que ofrece el Minvu tiene relación con aportes económicos para la construcción de una propiedad. En este caso, mediante el subsidio para construir una propiedad de hasta 950 UF (DS49); o a través del DS1 en su segundo tramo para una vivienda de hasta 1.600 UF, y del tercero, para una construcción habitacional de hasta 2.200 UF.
Finalmente, el órgano público ofrece una tercera alternativa de financiamiento, en este caso, para el arriendo de una vivienda. Beneficio que señalan, está “destinado a familias que actualmente son arrendatarias o que viven de allegadas y que están en condiciones de pagar un arriendo”, o para que sus beneficiarios puedan cubrir “parte del valor total del arriendo”.
En esta caso, indica la autoridad pública, las “familias beneficiadas reciben un subsidio total de 170 UF, el que se entrega de manera mensual con un tope y que podrá ser utilizado, de manera consecutiva o fragmentada, en un plazo máximo de ocho años”, y que se podrá postular en cualquier región del país.
Entre los requisitos para este subsidio se cuentan el postular al menos con el cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo; estar inscrito en el RSH y no superar la clasificación socioeconómica del 70%; acreditar un ahorro mínimo de cuatro UF en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular”; o “contar con un ingreso familiar que vaya entre las 5 y las 25 UF, con la obligación de pagar la diferencia del valor del arriendo”, entre otros.