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Pensión de vejez anticipada por realizar trabajos pesados en Chile: ¿Quiénes la reciben y que trámites hacer para ser beneficiario?

Promovida por el Instituto de Previsión Social (ISP), este aporte económico incluso puede complementarse con otros beneficios estatales como la PGU.

Uno de los beneficios a los que pueden postular algunos trabajadores tiene relación con una serie de labores asociadas a empleos pesados, de alto desgaste físico, mental o ambiental. La pensión de vejez anticipada por realizar estas labores, y que en nuestro país es liderada por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Un subsidio establecido por ley en Chile, y que permite rebajar entre uno y 10 años la edad legal para pensionarse en el caso de hombres de menos de 65 años y mujeres menores de 60 años. Esto, según criterios específicos de la normativa legal vinculados a “factores físicos, mentales, ambientales organizacionales”.

¿De qué se trata esta pensión?

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Los trabajos y profesiones asociadas a esta pensión están establecidas por el IPS o la Comisión Ergonómica Nacional, en un listado que a la fecha supera los dos mil doscientos empleos (2.223) y que considera trabajos realizados por hombres y mujeres en el sector minero, industrial, de construcción, e incluso médico-asistencial, entre otros reconocidamente adversos para el ser humano.

Tal pensión, recalcan en el portal web de ChileAtiende, incluso es posible de complementar con otros beneficios estatales como la Pensión Garantizada Universal (PGU), y su tramitación “se puede realizar todo el año en el sitio web IPS en Línea”.

¿A quiénes se dirige esta pensión?

Según indica la autoridad pública, a hombres menores de 65 años y mujeres de menos de 60 años que cumplan con algunos requisitos. Entre ellos:

1.- Ser imponentes de cualquier régimen administrado por el IPS; registrar una afiliación mínima de mil 200 semanas de imposiciones (equivalentes a 23 años), los cuales puede completar con las cotizaciones que registren en cualquiera de los regímenes administrados por este IPS, que no sean paralelas.

2.- Haber realizado por al menos cinco años una labor que se encuentre calificada como trabajo pesado, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional. Si la labor no está reconocida como trabajo pesado, se debe acompañar el certificado del empleador que señale su denominación, unidad en la que se desarrolló y nombre del empleador, las funciones que comprendían la labor dentro de una jornada de trabajo, y fechas de inicio y término de esta labor.

3.- La rebaja de edad es de un año por cada cinco de realización de la labor calificada, con un total de cinco años, salvo que se trate de una labor efectuada en minería o de fundición, en que la rebaja es de dos años por cada cinco años, con un máximo de diez años.

4.- Respecto de los imponentes de los regímenes administrados por el IPS, se aplica la rebaja por las labores reconocidas, ya sea por IPS o la Comisión Ergonómica Nacional, sin que deban enterar la cotización adicional que fija esta última.

¿Qué documentos se requieren para hacer los trámites?

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Tan sólo cuatro. La cédula de identidad vigente del postulante, un poder notarial si el trámite es realizado por un apoderado del beneficiario, un certificado de imposiciones y la ClaveÚnica en caso de realizar el trámite de forma online.

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