Hace pocos días, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) realizó junto a Cajas de Chile una serie de capacitaciones dirigidas a los equipos de las cuatro Cajas de Compensación y Asignación Familiar (CCAF), con la finalidad de actualizar sus conocimientos respecto de los trámites de licencias médicas de los trabajadores en el país.
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Una especialización de dos jornadas en las que se expuso respecto de las normativas vigentes en el caso del “Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL)”, beneficio estatal de carácter económico orientado a reemplazar las remuneraciones que un trabajador deja de percibir de parte de su empleador a consecuencia de una ausencia por motivos de salud.
Detalles del subsidio estatal para trabajadores
Tal incapacidad de los trabajadores es la que este subsidio busca solventar, considerando que su objetivo es, según indican en la plataforma de ChileAtiende, el permitir “a la entidad empleadora, en representación de un trabajador dependiente o independiente, cumplir con la obligación legal de presentar una licencia médica por accidente del trabajo o de trayecto (tipo 5), o por enfermedad profesional (tipo 6), con el fin de obtener el pago de un subsidio en reemplazo de las remuneraciones no recibidas por estar ausente de sus labores contractuales”.
Este trámite, tal como señala la autoridad pública, se “puede realizar durante todo el año”, ya sea vía digital o presencial.
En el caso de realizarlo de forma presencial, el trabajador debe reunir los antecedentes requeridos y llevarlos a cualquier oficina del Instituto de Seguridad Laboral ubicadas en el país, lugar donde deberá explicar los motivos de su visita, presentar los documentos que justifiquen su ausencia del trabajo, y solicitar un comprobante por el trámite realizado. Este último, documento que generará el pago del subsidio de incapacidad laboral.
Por la vía digital, el interesado deberá ingresar al sitio web lmempleador.cl, donde deberá ingresar “los datos del operador correspondiente a la solicitu de de licencia médica electrónica”.
Una vez hecho esto, deberá completar los datos requeridos del caso y adjuntar la documentación necesaria para que de este modo se inicie la “tramitación médica electrónica para el pago del respectivo subsidio de incapacidad laboral”.
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¿Cuáles son los documentos que debo presentar?
En el caso de ser el empleador del trabajador, se requiere la denuncia individual de accidente del trabajo (DIAT) o la denuncia individual de enfermedad profesional (DIEP) en su versión original o una copia fiel.
Otros documentos requeridos son una fotocopia del contrato de trabajo actualizado (trabajadores del sector privado), certificado que informe el monto de la remuneración imponible que recibe el funcionario o funcionaria, ya sea contrata o planta (trabajadores del sector público); liquidaciones de sueldo de los tres meses calendarios más próximos al mes en que se inicia el reposo laboral, anteriores al accidente o al diagnóstico médico de la enfermedad profesional; y si el trabajador está afiliado a una ISAPRE, se debe presentar una copia del certificado de cotización.
Para el caso del trabajador, indican en ChileAtiende, los documentos que deberá presentar son los siguientes:
1.- Certificado de cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva, de los tres meses calendarios más próximos al mes en que se inicia el reposo laboral.
2.- Certificado de subsidios pagados si en los tres meses calendarios más próximos al mes que se inicia el reposo ha tenido otras licencias médicas.
3.- En caso de existir un finiquito con otro empleador, dentro de los tres meses inmediatamente anteriores al del inicio del reposo.
4.- Certificado original de afiliación a AFP y certificado de últimas seis cotizaciones enteradas (trabajadores del sector privado).
5.- Solicitud de reembolso de subsidio por incapacidad laboral (trabajadores del sector público).
6.- Certificado de cálculo de subsidio emitido por el empleador para acreditar las remuneraciones correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica en original (trabajadores del sector público).
7.- Liquidaciones de pago de bono trimestral extendida por el empleador con el detalle de cada una de las leyes y bonificaciones correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica debidamente autentificadas.
Del mismo modo, cabe señalar que “el trabajador puede presentar más de una licencia médica a la vez para el calculo y pago del subsidio por incapacidad laboral”, y “el trabajador dependiente siempre podrá presentar aquella documentación que ha sido requerida a su empleador, a fin de agilizar la tramitación de su beneficio”.