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Congreso aprobó ley para uso de cargador universal en dispositivos móviles: ¿cómo se aplicará y cuándo entra en vigencia?

La normativa establece que los dispositivos electrónicos como celulares, tablets y otros equipos tengan un cargador estandarizado.

Luego que la sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara las modificaciones realizadas por el Senado, este lunes 26 de agosto se despachó desde el Congreso el proyecto que establece que los aparatos tecnológicos deben tener un cargador universal.

Así, de acuerdo a lo indicado por los parlamentarios, el objetivo es que el accesorio se pueda usar de manera estandarizada en todos los celulares, tablets, cámaras, audífonos, parlantes portátiles y videoconsolas, entre otros objetos que entren en estas categorías.

Además, también se hizo presente que con esta normativa, se podrá reducir la cantidad de “basura electrónica”, ya que se estima que en Chile ya existen cerca de 30 millones de líneas telefónicas.

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Al respecto, el director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera, valoró que la ley “es un avance hacia un consumo más sustentable, pues permitirá a los consumidores optar por no adquirir nuevos dispositivos de carga, lo que contribuirá a disminuir la producción de residuos electrónicos (...) Esta normativa pone a nuestro país en línea con la regulación europea en esta materia, e implica una simplificación en el uso de los equipos y dispositivos electrónicos”.

Cómo y cuándo va a entrar en vigencia la ley de cargador universal

Tal como otras normativas, la ley debe ser promulgada y luego de su aparición en el Diario Oficial, tras lo cual entrará en vigencia, dando un plazo de dos años para que los equipos de telefonía celular sean adaptados a esta nueva medida, mientras que se otorgó un plazo de cuatro años para el resto de dispositivos de información y telecomunicaciones.

En ese sentido, la norma también precisa que “los proveedores deberán garantizar la interoperabilidad común entre los equipos y sus accesorios de carga”, dando además la posibilidad de poder adquirir los cargadores de forma conjunta o por separado. 

Esto quiere decir que no se podrá atar, ligar o supeditar bajo ningún modo o condición la adquisición de uno de ellos a la del otro.

Finalmente, las empresas también tendrán que informar adecuada y oportunamente a los consumidores respecto de si el cargador universal está o no incluido al momento de comprar un artículo electrónico que lo necesite.

En caso de incumplimiento a estas disposiciones, las empresas podrán recibir multas de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones de pesos por cada infracción.

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