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Subsidio Único Familiar: ¿Qué requisitos se deben cumplir para incrementar el bono por cargas?

Aporte estatal apoya a familias de mayor vulnerabilidad en el país que tengan bajo su cuidado a personas con discapacidad intelectual o física.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es uno de los tantos bonos estatales que se entrega al grupo de ciudadanos más vulnerables en Chile.
Una adulta mayor consulta por sus beneficios en una oficina móvil de ChileAtiende. Fuente: Instagram @ipsgobchile.

Uno de los beneficios económicos que entrega el Estado chileno a sus ciudadanos es el Subsidio Único Familiar (SUF), bono al que postulan madres, padres o tutores de los sectores más vulnerables que tengan bajo su cuidado a menores de edad.

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Este aporte monetario se entrega a través del Instituto de Previsión Social (IPS), y su duración es de tres años consecutivos, con un monto actualizado de $21.243 por cada hijo (carga) menor de 18 años.

Detalles del bono

Sin embargo, y como señala la autoridad pública en sus canales de información oficiales, este bono puede incrementarse al doble ($42.486) en el caso que el causante presente algún tipo de discapacidad.

¿Quiénes son los causantes del beneficio?

Según establece el IPS, quienes pueden optar a este bono son aquellas familias que tengan entre sus cargas a menores de 18 años, a personas en situación de discapacidad de cualquier edad, que vivan o sean mantenidas económicamente por el beneficiario; y a discapacitados intelectuales, de cualquier edad, que no sean beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

También se consideran en este beneficio económico a las madres de niñas, niños o adolescentes que vivan a su cargo, y por los cuales perciban Subsidio Familiar. En tal caso, aclara el IPS, será la misma madre quien recibirá el aporte económico.

Otro grupo beneficiado con este bono son las mujeres embarazadas, quienes pueden solicitar el Subsidio Maternal (SUF Maternal) desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser denominada “causante madre”. El Subsidio Maternal cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

¿A quiénes se dirige este bono?

- Todas las personas vulnerables que no pueden mantener a los causantes del beneficio.

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- Las personas beneficiarias recibirán el subsidio según el siguiente orden de prioridad: Madres, padres y guardadores o personas que hayan tomado a su cargo a uno o más niñas, niños y adolescentes.

- Personas naturales que tengan bajo su cargo a discapacitados intelectuales o físicos, de cualquier edad que vivan a su cargo.

- Si estás embarazada, recibes el Subsidio Maternal.

¿Cómo postulo a este beneficio económico?

Se debe realizar en la municipalidad de residencia de quien postula, y al momento de solicitarlo se deben presentar una serie de documentos. Entre ellos, certificado de nacimiento del o los menores de edad por quienes se pide el beneficio, carnet de niño sano al día en el caso de menores de seis años, certificado de alumno regular para mayores de seis años y menores de 18, acreditación de la condición de discapacidad por intermedio del COMPIN, acreditación de la calidad de guardador o cuidador en el caso de quienes tengan bajo su cargo a los beneficiarios sin ser su madre o padre, y en el caso de embarazadas de cinco meses, un certificado extendido por una matrona o médico de los servicios de salud o instituciones autorizadas.

Cabe destacar que con esos antecedentes, será el municipio respectivo el que encargará de comprobar tu calidad de beneficiario y del cumplimiento de requisitos y antecedentes. Con esos datos corroborados, la misma municipalidad entregará la respuesta cuando esté disponible.

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