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Corte de apelaciones ordenó expulsar a estudiantes del colegio Saint George que adulteraron fotos de sus compañeras

El tribunal ordenó la inmediata cancelación de la matrícula de los alumnos involucrados en el caso de “deepfake”.

colegio saint george
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Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la inmediata expulsión de los alumnos del Colegio Saint George involucrados en la adulteración de fotos de adolescentes mediante la tecnología “deepfake”.

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Esta decisión se produjo luego de que los padres de cuatro menores de edad interpusieron un recurso de protección en contra de la medida del establecimiento educacional, quienes consideraron que la respuesta inicial del colegio fue “insuficiente”, considerando el daño causado.

En febrero del año 2024, los padres de una de las menores afectadas descubrieron que su hija había sido víctima del mal uso de su imagen en internet. Según constató la denuncia, varios alumnos del colegio utilizaron una aplicación para insertar el rostro de la adolescente en imágenes de cuerpos de mujeres desnudas.

Esta práctica no solo afectó a la menor en particular, sino que a otras tres adolescentes, lo que llevó a sus padres a presentar la denuncia formal en contra del centro educativo.

El colegio, sin embargo, resolvió dejar a los estudiantes responsables en calidad de “condicional”, medida que los apoderados consideraron insuficiente, lo que derivó en la presentación de una denuncia en contra del establecimiento.

Ahora, la Corte de Apelaciones acogió lo alegado por los apoderados, y estimó que el colegio debió aplicar la sanción más severa de acuerdo con el propio reglamento, que consiste en la cancelación de la matrícula, según declara el fallo al que tuvo acceso T13.

“Se impacta gravemente en la esfera de su intimidad”

En su defensa, el Colegio Saint George argumentó que dejar a los escolares en calidad de condicional se basó en la revisión de sus hojas de vida, donde no se encontraron antecedentes de faltas previas a los hechos ocurridos. “Adicionalmente, los estudiantes reconocieron su participación en los hechos. Así, la decisión sancionatoria del colegio no es arbitraria ni ilegal, porque se apegó estrictamente a su reglamento interno”, señalaron desde el recinto.

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Sin embargo, la Corte de Apelaciones no aceptó dicha justificación y resolvió acoger los argumentos interpuestos por las familias de las adolescentes afectadas. Por lo tanto, el Tribunal determinó que mantener a los agresores en el mismo recinto educacional al que asisten las víctimas “causa un daño psíquico a las víctimas, hijas de los recurrentes”.

La Primera Sala de la Corte enfatizó en que la gravedad del daño infligido a las adolescentes no podía ser subestimada. “No se puede perder de vista que, por una parte, existen víctimas que son las afectadas, que sufren la vulneración de sus derechos al ser exhibidas públicamente, desnudas, a través de imágenes que tienen connotación sexual, por lo que se impacta gravemente en la esfera de su intimidad, exponiéndolas al escrutinio público”, concluyó el fallo.

Ante estos hechos, la Corte ordenó que el Colegio Saint George dejara sin efecto “la medida disciplinaria de condicionalidad de la matrícula, procediendo a dictar uno en que se les sancione con la cancelación de la matrícula para el año escolar 2025″.

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