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Bolsillo Familiar Electrónico: ¿Cómo postular y cuándo se puede recibir el subsidio estatal?

Gracias a la ampliación del beneficio confirmada por el IPS, desde hoy ya es posible solicitar el aporte mensual hasta septiembre de este año.

El beneficio estatal se otorgará a partir de este viernes 19 de julio, y se extenderá hasta septiembre de este año.
El IPS anunció la extensión en los próximos tres meses para el pago del subsidio "Bolsillo Familiar Electrónico". Fuente: Instagram @chileatiende.

Esta semana se confirmó la extensión en el plazo de entrega del subsidio “Bolsillo Familiar Electrónico”, beneficio estatal que busca que las personas más vulnerables en el país puedan afrontar el alza en los precios de la canasta básica de alimentos.

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Un aporte monetario por cada carga familiar que fue reactivado por el Gobierno a través del Congreso Nacional por los próximos tres meses, luego de haber vencido su pago durante abril de este año.

¿De cuánto será el aporte?

El monto asociado a dicho bono alcanza a los $13.500 mensuales por cada carga (causante) del núcleo familiar, y su pago se realiza mediante la CuentaRUT del BancoEstado a través de un abono a cada una de las cuentas de los solicitantes en la institución financiera.

Según indica la Red de Protección Social en sus plataformas digitales, esta transferencia económica, por cada carga familiar, estará limitada “a la compra de alimentos en almacenes, supermercados, ferias y otros establecimientos del rubro alimenticio que permitan el pago con la tarjeta de CuentaRUT del BancoEstado”, y lo recibirán los “beneficiarios actuales del Aporte Canasta Básica Protegida”.

¿Quiénes pueden postular a este beneficio?

Según establece la autoridad pública, este subsidio lo pueden recibir los causantes (cargas) de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares; causantes del Subsidio Familiar; causantes de las familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades, y las familias pertenecientes al Subsistema Chile Solidario.

En este último caso, se considerarán a personas con discapacidad (debidamente acreditadas por el Compin); estudiantes con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participen del Programa de Integración Escolar (PIE) del Mineduc; estudiantes matriculados en establecimientos educacionales con modalidad de educación especial, reconocido por Mineduc; estudiantes de 18 a 24 años con 11 meses; y menores de 18 años.

Respecto de quienes son causantes de la Asignación Familiar, estos deben pertenecer al primer tramo; mientras que los beneficiarios del Subsidio Familiar deben estar dentro del 40% de mayor vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH).

Cabe recordar que este beneficio del pago del Bolsillo Familiar Electrónico, según indica la autoridad, será “depositado a la misma persona encargada de recibir los beneficios de Asignación Familiar o el Subsidio Familiar, o la jefatura de hogar habilitada en el caso del Subsistema de Seguridades y Oportunidades”.

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