La Fiscalía de Puerto Montt, a través de la fiscal Pamela Salgado, confirmó este viernes que el sujeto imputado por el femicidio íntimo por orientación sexual en contra de Ana Almonacid, quien murió a mediados de abril a consecuencia de las heridas por quemaduras que sufrió tras el ataque de su agresor, se quitó la vida en la cárcel Alto Bonito de la ciudad sureña.
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Según informaron los medios regionales, el cuerpo sin vida de José Barría, que el lunes pasado se había entregado a la policía, luego de mantenerse prófugo por más de un mes de cometido el crimen, fue hallado esta tarde en el interior de una celda de aislamiento del centro carcelario.
La persecutora descartó la presencia de terceras personas en la muerte del hombre y la Brigada de Homicidios de la PDI de Puerto Montt señaló que el individuo fue encontrado con una prenda de vestir atada al cuello.
Primer femicidio por orientación sexual en Puerto Montt
Cabe recordar que Ana Almonacid fue rociada con combustible, el pasado 12 de marzo, en el sector de Alerce Histórico de Puerto Montt, donde el homicida confeso le prendió fuego en su propio domicilio dejando el 53% de su cuerpo comprometido.
Debido a la gravedad de las quemaduras, la víctima fue internada por sus familiares en el Hospital de Puerto Montt, donde finalmente perdió la vida el 15 de abril debido a la gravedad de las lesiones que comprometieron más de la mitad de su cuerpo.
En su momento, a inicios de esta semana, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) había dado cuenta y repudiado el crimen, que en palabras de la agrupación y de familiares de la víctima, había sido catalogado por el Ministerio Público con el carácter de lesbofóbico.
Fue la fiscal de Puerto Montt, Nathalie Yonsson, quien dio luces respecto a que el ataque en contra de Almonacid era el “primer delito de femicidio íntimo en razón de la orientación sexual de la víctima, tras la modificación legal que incluye esta figura”.
“Entre imputado y víctima no existía ningún tipo de parentesco o de relación. Únicamente una relación donde ambos se frecuentaban o eran conocidos. En virtud de aquello se determinó que el móvil, en virtud del cual el imputado atacó a la víctima, se debe única y exclusivamente a la orientación sexual que tenía la víctima”, finalizó.