Para la mayoría de los convencionales, la sesión plenaria del martes, cuando se votó un nuevo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales, marcó un antes y un después en el trabajo que está realizado el organismo.
PUBLICIDAD
Esa noche, cuando se enviaron al borrador de la nueva Carta Magna 16 artículos referentes a derechos sociales, según dijo claramente César Valenzuela, coordinador de la mencionada Comisión, junto a otros representantes, se comenzó a definir el “corazón” de todo el proceso, pues se materializaron en artículos concretos parte de las demandas ciudadanas.
Sin embargo, y aunque las normas visadas fueron respaldadas en gran parte por más de 2/3 de los representantes, las dudas y críticas del sector que no las apoyó calaron hondo y el rechazo de ciertos puntos e indicaciones, fueron noticia.
Por lo mismo, se generó un amplio despliegue de convencionales que salieron a explicar lo aprobado, entre ellos, la presidenta María Elisa Quinteros y el vicepresidente Gaspar Domínguez, quienes “derribaron mitos” instalados por algunos de sus pares.
Por ejemplo, Teresa Marinovic relevó que el Pleno rechazó que el derechos a la vivienda incluyera que esta fuera “propia”, por lo que planteó: “Éxito con los arriendos al Estado”.
Ante ello, Gaspar Domínguez aclaró que lo primer es garantizar el acceso a una vivienda digna y adecuada, lo que es parte de la definición que la ONU ha hecho. “La propuesta que esta Convención aprobó va en esa línea (...) Si la vivienda es propia, mejor, pero de nada, pasamos a un aseguramiento de tener un techo”, defendió.
Otro de los puntos fuertemente cuestionados fue la aprobación del derecho a la seguridad social, sin dejar explícito que los fondos son inexpropiables.
PUBLICIDAD
Por ejemplo, Rocío Cantuarias planteó: “Los ahorros previsionales de los trabajadores corren peligro”, mientras Katerine Montealegre adelantó que “se viene el robo del siglo”.
Pese a esos dichos, el inciso tercero del artículo referente a ese derecho establece que “los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema”. Por ello, no serían ciertos los planteamientos que apuntan a que esa plata se acumulará con miras a financiar otros aspectos.
A juicio de la presidenta Quinteros, por lo demás, dado que la actual Constitución no establece la anhelada “inexpropiabilidad” y hay consenso de que esos dineros sí son de los trabajadores, “no tiene ningún sentido”.
“Muchas veces el generar ciertos temas o cierta polémica no nos contribuye mucho al proceso”, sentenció.
En un tono más enfático, Domínguez sumó: “En esta Convención no se ha aprobado ninguna norma que vaya en la dirección de retirar o de apropiarse de los fondos de pensiones de los trabajadores, ninguna. Y quien diga lo contrario, miente”.
De igual forma, es importante precisar que el articulado visado si bien establece que “le corresponderá al Estado definir la política de seguridad social”, en ninguna parte indica, al menos hasta ahora, que el ciudadano no podrá elegir.
Generó controversia, asimismo, lo consagrado en el marco del derecho a la Salud, pues se estableció la creación de un Sistema Nacional de Salud que “será de carácter universal, público e integrado”.
Esa entidad asumiría el trabajo que hoy realizan Fonasa y las isapres, existiendo un único aseguramiento en la materia, con un plan base que deberá garantizar las prestaciones necesarias.
El que sea integrado, como se ha afirmado, justamente da cuenta de que podrán seguir existiendo, por ejemplo, las clínicas, no todo será estatal.
Sí desaparecería el aseguramiento privado, las isapres tal y como se conocen hoy, pero sí podrán ofrecer plantes complementarios para los usuarios.
Ciertamente, ninguna de estas modificaciones son de la noche a la mañana y, por lo mismo, tanto Quinteros como Domínguez insistieron en que el principio de progresividad es rector.
Jorge Astudillo Muñoz: “Sin un sistema equilibrado o una economía sana, puede ser un listado de buenas intenciones”
Abogado y Académico U. Andrés Bello.
¿Cómo analiza la lista de derechos fundamentales aprobados por el Pleno?
Muchos de estos derechos sociales dan cuenta de las principales reivindicaciones ciudadanas expuestas en el contexto del estallido social. Sin embargo, a pesar de la importancia de estos derechos, especialmente para asegurar condiciones que permitan el desarrollo de una vida más digna, su sola consagración constitucional no es garantía de que ellos serán efectivamente concretados en la práctica. La Constitución no es un conjunto de normas aisladas, sino que parte de un sensible engranaje donde los distintos elementos que la componen se retroalimentan recíprocamente. En efecto, sin un sistema político equilibrado y que asegure contrapesos y evite el abuso del poder o, sin una economía sana que permitan la generación de recursos, se corre el riesgo que este listado de derechos se convierta en un listado de buenas intenciones.
¿Es habitual que otras constituciones aborden con este nivel de detalle ciertos aspectos?
Los ejemplos de constituciones, especialmente de América Latina que consagran en forma detallada un número importante de derechos sociales que no son garantizados, son numerosos. Venezuela, Argentina, México son solo algunas constituciones que son ricas en el reconocimiento de derechos que no llegan a la ciudadanía por diversas razones: corrupción, carencia de recursos, falta de voluntad política, etc.
¿Cree necesario que se incluya en el texto lo referente a la inexpropiabilidad de los fondos en las AFP?
Depende del modelo previsional que se quiera imponer. Quizás desde un punto de vista meramente político, la Convención deba consagrar una norma de esta naturaleza para dar tranquilidad a los trabajadores y trabajadoras.
Los derechos aprobados
- Víctimas de graves violaciones a los derechos humanos tienen derecho a la reparación integral.
- Las víctimas y la comunidad tienen el derecho al esclarecimiento y conocimiento de la verdad.
- Derecho a la vivienda.
- Derecho a la ciudad y al territorio.
- Se prohíbe cualquier discriminación entre trabajadoras y trabajadores que no se base en las competencias laborales o idoneidad personal.
- Los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa.
- Todas las personas tienen derecho a cuidar, a ser cuidadas y a cuidarse desde el nacimiento hasta la muerte.
- Reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados.
- Derecho a la libertad sindical.
- Derecho a la seguridad social.
- Derecho a la salud.
- El Estado asegura a todas las personas el derecho a la educación.
- Derecho al deporte, la actividad física y las prácticas corporales.
- Derecho a la igualdad y no discriminación.
- Derecho a la consulta de los pueblos y naciones indígenas.
- Derecho humano al agua y al saneamiento.