Mientras la justicia chilena y los efectivos policiales del país mantienen su férrea búsqueda en el extranjero, el abogado defensor de Karen Rojo presentó este miércoles un escrito ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta para liquidar la deuda propiciada por el delito de fraude al fisco de la exalcaldesa.
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Fue el abogado César Ramos quien realizó la gestión ante el tribunal nortino, la cual busca que el monto adeudado por Rojo, unos $7.795.685 a la fecha, no sea ejecutado por la justicia.
El primer recurso legal de Karen Rojo
La estrategia del defensor de la exedil, primera que se adopta desde la fuga de Rojo a Países Bajos, busca proteger los bienes que Rojo dejó en Chile y que ante su ausencia, podrían ser embargados para cubrir el monto adeudad
El requerimiento, además, y de ser aprobado por el Ministerio Público, no obliga a que la exautoridad municipal esté obligada a pagar personalmente la deuda.
Cabe recordar que Rojo se mantiene en calidad de prófuga de la justicia luego de viajar fuera del país inmediatamente después de conocerse el rechazo de la Corte Suprema a un recurso de nulidad a la condena por fraude al fisco en su contra, por la cual fue condenada a 5 años y un día de prisión efectiva.
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Según informaron fuentes cercanas a la autoridad edilicia a biobiochile.cl, esta acción legal de Ramos en ningún caso está relacionada a un eventual retorno a Chile de Rojo.
El escrito presentado por la defensa de Karen Rojo
César Ramos Pérez, abogado, en representación de doña Karen Rojo Venegas, en causa RUC 1700480634-4, RIT 5847-2018, a S.S. respetuosamente digo:
Que con fecha 18 de enero de 2021, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios en contra de mi representada, condenándola a pagar -solidariamente con el Sr. Edgardo Ramiro Vergara Montt- el monto de siete millones setecientos noventa y cinco mil seiscientos ochenta y cinco pesos ($7.795.685 ) “más el reajuste experimentado por el Índice de Precios al Consumidor entre el mes de junio de 2016 y la fecha de su pago efectivo, más intereses corrientes calculados sobre la cantidad reajustada que se devenguen a contar desde que quede ejecutoriado el fallo y hasta el momento de su pago efectivo”.
Atendido que el 23 de marzo del presente año la Excma. Corte Suprema confirmó lo resuelto por Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta, solicito S.S. proceder a la liquidación del monto total adeudado, considerando reajustes e interés corrientes, para efectos de proceder al pago correspondiente.
Por tanto, sírvase S.S. liquidar los montos indicados.