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Multas de tránsito: paso a paso para revisar si tienes alguna falta sin pagar

Así puedes solicitar el certificado para conocer tus multas de tránsito impagas

Multas de tránsito

Si piensas que hiciste una mala maniobra y que tal vez te sacaron un parte que no te llegó, te contamos cómo saber si tienes multas de tránsito no pagadas. Hacer este trámite es fundamental si estamos pensando en comprar un auto usado. También es obligatorio no tener de estas multas para renovar el permiso de circulación.

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En el registro sólo se contemplan multas empadronadas, estas son las multas no pasan por el conductor físicamente y se presentan sólo con la patente, entonces la multa es “al vehículo”.

Para este trámite necesitamos saber la placa de patente única del vehículo y tiene un costo de mil pesos.

Así puedes sacar el certificado de multas de tránsito no pagadas

  • El sitio web de la institución, haga clic en «vehículos» y luego en «certificado vehículos de multas».
  • Escriba la patente del vehículo, y haga clic en «agregar al carro».
  • Ingrese su correo electrónico, y haga clic en «continuar».
  • Seleccione el medio de pago, y haga clic en «continuar».
  • Elija la institución financiera para realizar el pago, y siga las instrucciones.
  • Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado, el cual podrá obtener inmediatamente en su correo electrónico.

Pero si sólo quieres consultarlo, sin descargar el certificado y que sea totalmente gratuito, puedes hacerlo aquí

¿Cuándo se saca el Permiso de circulación?

  • Del 1 de febrero al 31 de marzo: automóviles particulares, motocicletas, furgones, ambulancias, carrozas fúnebres, automóviles de alquiler de lujo, de turismo o de servicios especiales, station wagons y camionetas. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, hasta 1.750 kilogramos de capacidad de carga, media unidad.
  • Mayo: taxis y buses.
  • Septiembre: vehículos de carga, motonetas, bicimotos, bicicletas con motor, tractocamiones, tractores agrícolas o industriales y máquinas automotrices. También se incluyen en este periodo los carros y remolques para acoplar a vehículos motorizados, mayor a 1.750 kilogramos de capacidad de carga.

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