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Revise la lista del Servel: publican la nómina de los vocales para la elección presidencial y parlamentaria

El Servicio Electoral dio a conocer el listado de las personas sorteadas que deberán cumplir la función de vocales y las razones por las cuales pueden excusarse, así como las multas para quienes no cumplan con la obligación.

ATON

El Servel (Servicio Electoral) publicó en las últimas horas el listado completo de aquellos ciudadanos chilenos que deberán desempeñarse como vocales de mesa para las elecciones del 21 de noviembre, en las cuales se elegirá al nuevo Presidente de Chile, diputados, algunos senadores, y consejeros regionales.

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Para revisar si la persona salió seleccionada, deberá chequear el sitio consulta.servel.cl, el mismo que se ha habilitado todos los años para dichos fines.

Es fundamental revisar su situación desde ya, puesto que a partir del 2 de noviembre está vigente el tiempo establecido (tres días hábiles) para excusarse.

Las excusas al Servel

Las excusas que pueden presentar las personas seleccionadas tienen validez en los siguientes casos:

en los siguientes casos.

- Tener 60 o más años de edad.

- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

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- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Si usted puede excusarse bajo las ya mencionadas circunstancias, podrá hacerlo ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, acreditar ante el delegado del local el día de las elecciones o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad.

Las multas establecidas por no cumplir

En caso de ser elegido vocal de mesa, y no llegar a presentarse en su local de votación para el día de las elecciones, se arriesgará a una multa de 2 a 8 U.T.M ($105.000 a $ 422.000 aproximadamente).

En tanto, la paga oficial es de 2/3 de UF (unos $20.000), con un bono adicional de $6.900 para aquellos que se capaciten por primera vez. El 6 de noviembre se publicará el listado definitivo, excluyendo a las personas que se excusaron debidamente.

Todos los vocales, finalmente, deberán presentarse en sus respectivos centros de votación el día 20 de noviembre a las 15:00 horas, para asistir a la constitución de mesas.

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