Durante este viernes, se dio a conocer que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) decidió sancionar y multar a Chilevisión tras emitir una controversial confesión que realizó Constanza Capelli en “Gran Hermano”.
El momento habría sido cuando la ganadora del reality contó que en alguna ocasión de su vida decidió abortar tras una fallida relación con una expareja.
“Yo estuve embarazada, pero aborté. Aborté a los tres meses porque tenía una relación muy tóxica, y yo no quería que él fuera el padre de mi hijo”, reveló la bailarina en julio del 2023.
“Yo no quería porque nuestra relación era muy mala (…) creo que hubiese sido injusto para ese niño haber nacido en un ambiente de mierda (sic), donde dos personas no se soportaban”.
Asimismo, aseguró que quedó contenta por haber realizo el procedimiento puesto que, según su criterio, no era el momento.
“Cuando aborté, me puse muy feliz porque fue un acto de amor hacia mí y hacia el niño, hacia otra vida, hacia… Fue ir un paso más hacia adelante a lo que podría haber sido una catástrofe”, relató.
Las razones de la sanción
Ahora, en el Acta de la Sesión Ordinaria del CNTV se dio a conocer los motivos detrás de la sanción, en donde el Consejo aclaró que su deber es “dictar las normas generales destinadas a impedir que los menores se vean expuestos a programación y publicidad que pueda dañar seriamente su salud y su desarrollo físico y mental”.
La emisión denunciada marcó un promedio de 3,45 puntos de rating hogares de nuestro país, y dentro de los televidentes se encontran 6.075 niños entre los 4 y 12 años y 7.917 fueron preadolescentes y adolescentes entre los 13 y 17 años.
Asimismo, expusieron que “el aborto es un proceso complejo, donde incluso existen lineamientos por parte de la autoridad sanitaria para acompañar a la mujer que decide llevarlo a cabo en los casos que la ley lo permite. Ello no implica que se trate de un asunto carente de riesgos y regulación”.
“Capelli) Manifiesta que fue realizado con pastillas, sin asistencia médica; tuvo por motivación una mala relación con el futuro padre; no le marcó el aborto, y que incluso fue un momento feliz, un acto de amor hacia sí misma y al nonato, sintiendo incluso que fue una oportunidad otorgada por un ser superior”, explicaron.
“No quiso explorar la posibilidad de un proceso de adopción, ya que a veces éstos serían buenos y a veces malos. Además de no querer lidiar con el embarazo. Y una vez que concluyó el proceso, pidió una botella de champán”, fue uno de los puntos.
Finalmente, CNTV se definió una multa de 200 UTM, aproxidamente 13 millones de pesos, por “infringir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión contenido en el artículo 1° de la Ley N° 18.838″.