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¿Cuál es el artículo que utilizó la ANFP para impedirle a Carlos Palacios jugar por Colo Colo ante La Calera? Incluso podría quedar fuera del duelo ante Palestino

El Cacique no descartaría presentar un reclamo ante la FIFA.

La ANFP se amparó en el artículo 5 del reglamento FIFA para prohibirle a Palacios jugar esta tarde por Colo Colo frente a Unión La Calera.
Pablo Milad y Carlos Palacios. Fuente: Captura de pantalla TNT Sports / Instagram @laroja.

La goleada por 4-0 sufrida este martes por la selección ante Colombia en Barranquilla no sólo agudizó la crisis de la Roja en su proceso por clasificar al Mundial de 2026, sino que abrió un inesperado frente entre la ANFP y Colo Colo tras la marginación de Carlos Palacios del representativo nacional.

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Una polémica que no quedó sólo en la desafección del jugador de la Roja antes del duelo ante los cafeteros, sino que le trajo secuelas a Palacios al no ser habilitado por la ANFP para jugar esta tarde por el Cacique frente a Unión La Calera (19:00 horas) y quedar en peligro incluso su participación en el partido del próximo domingo 20 de octubre ante Palestino (15:00 horas).

Bajo el amparo de la normativa FIFA

Y pese a que el propio futbolista aseveró en sus redes sociales que no dejó la selección por una decisión “unilateral”, el castigo fue aplicado por el presidente de la ANFP, Pablo Milad, bajo el argumento de un reglamento FIFA.

“El artículo quinto, inciso uno de FIFA, prohíbe cuando un jugador sale unilateralmente de una concentración para jugar y eso le impide, cuando termine la fecha FIFA, que terminó ahora porque se considera terminada cuando culmina el partido, hasta cinco días no podrá jugar por su equipo”, expresó el dirigente, quien aseveró que la decisión del jugador albo sí tuvo carácter de unilateral.

“Se liberó (de la selección) a petición del jugador. La liberación es una petición personal del jugador, no directamente. A veces se liberan los jugadores por lesión, como fue lo de (Esteban) Pavez, por ejemplo, que estaba enfermo (neumonía), pero en este caso fue una solicitud directa del jugador”, explicó.

Precisamente ese carácter de unilateral es el que se considera en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA, normativa argumentada por la ANFP para ratificar la sanción al futbolista albo.

Dicha normativa señala que “un jugador convocado por su asociación para una de sus selecciones representativas no tiene derecho, a menos que la asociación en cuestión acuerde lo contrario, a jugar para el club al que pertenece durante el período que dure o debiera durar su liberación, conforme a las disposiciones del presente anexo, más un período adicional de cinco días”.

Por ello, la decisión de la ANFP parece ser irreversible para ByN, que si bien dieron luces de presentar algún recurso ante la propia FIFA para revertir la sanción, finalmente debieron liberar de la concentración al jugador luego de los infructuosos esfuerzos de Aníbal Mosa por gestionar el permiso para Palacios con el propio Milad.

La normativa aplicada al futbolista de Colo Colo forma parte del reglamento FIFA que regula "el estatuto y la 
transferencia de jugadores".Opens in new window
El artículo utilizado por la ANFP en contra de Carlos Palacios está redactado en el "Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores". Fuente: FIFA.

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