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Tribunal Electoral rechaza petición de exalcalde de San Ramón de anular la elección

El exalcalde de San Ramón, Miguel Aguilera, pidió la anulación aduciendo un vicio electoral, por instalación tardía de las mesas y acarreo de votantes, según la presentación.

(JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE/JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE)

El Segundo Tribunal Electoral de la región Metropolitana rechazó el requerimiento de nulidad de las elecciones en San Ramón. Fue presentado por el ex alcalde Miguel Ángel Aguilera.

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Con ello, reconfirma y valida el triunfo de Gustavo Toro Quintana como nuevo alcalde de la comuna.

Según el fallo, los argumentos del alcalde se desestimaron. Ello, ya sea por mérito o por considerar que no afectarían significativamente el resultado de las recientes elecciones.

El documento añade que «en cuanto a las demás alegaciones estas serán desestimadas, como se considera con anterioridad, por no encontrarse acreditadas».

Los motivos son «por no configurar vicio electoral. O bien por no tener la influencia de hacer variar el resultado de la elección en los términos que prescribe el inciso final del artículo 105 ya referido».

El organismo ratifica que «se rechaza la reclamación de nulidad de la elección celebrada en la comuna de San Ramón, el 11 de julio recién pasado. Intentada a fojas 1, en representación del candidato a Alcalde por la comuna referida, don Miguel Ángel Aguilera Sanhueza».

Los argumentos del exalcalde de San Ramón

La reclamación dek ex alcalde Aguilera se basó en la instalación de las mesas receptoras de sufragios. Las mesas no estuvieron constituidas a las 10:00 horas en los diversos locales. Lograron instalarse recién pasadas las 13:00 horas.

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Asimismo, el ex edil acusó a Toro de “acarreo de votantes” mediante el arriendo de vehículos.

El tribunal agregó a su respuesta que «la norma que contempla las causales de nulidad califica en su letra d) la ‘falta de funcionamiento de mesas’, y no su instalación tardía».

Lo explica como «un acto que pueda llegar a privar de efectos una elección o la votación emitida en una o más mesas receptoras, en la medida que hubiere dado lugar a un resultado diferente».de esa forma el argumento esgrimido por el ex socialista queda inválido.

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