La Corte Suprema anuló las expulsiones y las suspensiones que la Universidad Diego Portales decretó contra estudiantes que fueron parte de una toma feminista. La movilización se registró en la segunda parte de 2019, antes del estallido social y se debió a denuncias de acoso sexual. Las sancionadas se quejaron de no tener un debido proceso en la casa de estudios de Carlos Peña.
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Según publicó el sitio web del Poder Judicial, las sanciones impuestas a este grupo de alumnas son “arbitrarias”. Al respecto, el fallo de la Tercera Sala dijo que castigaron “a un grupo reducido de estudiantes, de entre aproximadamente 600, que también se encontraban en ese lugar”. Eso lo hicieron “sin que la autoridad haya justificado, respecto de los recurrentes, la existencia de circunstancias particulares o especiales”.
Más aún, los ministros sostuvieron que el caso “no permite tener por acreditado que se configuren las faltas graves que se imputan a los recurrentes”. Si bien las estudiantes asistieron a una asamblea, no se acreditó que actuaran para “impedir o dificultar, en cualquier forma, el ingreso a algún recinto”. Dijeron los jueces que la reunión no puede interpretarse como un acto que “atente contra los principios y normativa interna”.
El fallo de los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Mario Carroza, Jorge Zepeda y el abogado integrante Diego Munita fue unánime. En él se halló “arbitrario” castigar a estudiantes que estuvieron en “una manifestación legítima, que no transgrede el reglamento interno de convivencia estudiantil”.
Además, el fallo de la Corte Suprema, que definió como arbitraria la actuación de la Universidad Diego Portales, también consigna la actuación que tuvo el rector y columnista Carlos Peña: “El Rector de la Universidad Diego Portales, decidió rechazar la solicitud de gracia y mantener las medidas disciplinarias impuestas”.