Elegidos los 155 miembros de la Convención Constitucional, comienza la cuenta regresiva para que entren en operación, teniendo como objetivo exclusivo redactar y aprobar una nueva Constitución.
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Para que se pongan manos a la obra, eso sí, habrá que esperar que el Tricel revise el proceso y que, en un plazo de hasta 30 días, emita su sentencia y se publique el decreto correspondiente. Con eso, el Presidente tendrá tres días para citar a la sesión de instalación de la Convención, a realizarse dentro de los 15 días posteriores a la fecha de publicación del decreto. O sea, en alrededor de un mes y medio más, los convencionales comenzarán su trabajo.
En esa primera sesión, los integrantes tienen que elegir por mayoría absoluta al presidente y vicepresidente de la entidad. Deberán contar, además, con una secretaría técnica conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional. Tras ello, tendrán que fijar sus normas de funcionamiento y el reglamento de votación, ambos por un quórum de dos tercios de los miembros en ejercicio.
Y ahí viene lo bueno. Los elegidos deberán redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en un plazo máximo de 9 meses desde su instalación, plazo prorrogable por tres meses adicionales, pero por una sola vez. Quien ejerza la presidencia o un tercio de sus miembros pueden pedir la prórroga.
Una vez que informen sobre el término del trabajo, el Presidente debe convocar a un nuevo Plebiscito Nacional, a celebrarse 60 días después de publicada la convocatoria (o el domingo siguiente). En esa instancia, el voto es obligatorio.
Si en esa consulta la ciudadanía aprueba el texto, al Presidente debe convocar al Congreso Pleno para que, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución. Y si se rechaza, sigue vigente la Constitución de 1980 y sus reformas.
¿Los constituyentes elegidos recibirán sueldo?
Sí, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, algo así como $2.589.900, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención.
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¿Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención?
Sí. Esas reclamaciones serán resueltas por cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo.
¿Un convencional puede postular a otro cargo?
Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.