Tras reiteradas sesiones sin acuerdo entre los cinco senadores que componen la Comisión de Constitución del Senado, la instancia aprobó el jueves pasado una fórmula para establecer los ya polémicos escaños reservados para pueblos originarios el el órgano que redactará la nueva Constitución.
Mientras lo propuesto por la oposición fijaba 23 puestos por sobre los 155 contemplados para la Convención Constituyente, la oficialista sólo llegaba a 15. Finalmente, y como la izquierda es mayoría en la comisión que encabeza Alfonso de Urresti, se impuso esa opción. De los escaños, 14 serán para representantes mapuche.
Estaba previsto que esta semana la Sala del Senado revisara lo acordado y luego pasara a la Cámara. Pero en Chile Vamos darán la pelea, por lo que la votación se aplazará hasta el 10 y 11 de noviembre.
El sector se resiste a la idea de que no haya un padrón especial, pues como dijo el RN Rodrigo Galilea, deben fijarse «medidas de protección adecuadas, de forma que podamos evitar que personas no indígenas incidan o intervengan en este espacio reservado que se está creando».
Y apunta directamente a una de las disposiciones que establece la indicación opositora: bastará que quien quieran votar por un representante indígena se autoidentifiquen como miembro de algún pueblo originario.
Ante la serie de cuestionamientos referentes a que este modelo le restaría legitimidad al proceso, el senador Alfonso de Urresti responde, y clara varios de los puntos confusos sobre las implicancias de esta «receta».
Para entender el mecanismo
1- Para la oposición, el registro de la Conadi está “muy lejos de dar cuenta de la magnitud que tiene la población indígena, que según el último Censo es un 12,8% de la población”. Es por eso que establecieron un procedimiento, “validado por la experiencia internacional y por nuestra institucionalidad”, donde el votante se autoidentifica en la mesa de votación según el pueblo indígena al cual pertenece. La determinación, entonces, estará en manos del votante.
2- La disposición obligará a que en cada mesa se disponga de los votos necesarios para que el elector pueda manifestar su postura y, eventualmente, elegir al representante que le corresponda.
3- Podrán ser candidatos las personas que acrediten su condición indígena mediante certificado emitido por la Conadi. Las comunidades sólo podrán patrocinar una candidatura, la que se acreditará mediante el apoyo de la mayoría simple de los miembros . El proceso será organizado por el Servel.
4- Tras la votación en la Comisión, corresponde que el proyecto se vote en la Sala del Senado. Y entendiendo que la “receta” de la oposición sólo contaría con 24 de los 26 votos que requiere para avanzar, el escenario es complejo. Si sólo se aprueba la idea y no la fórmula, se tendría una ley que no fija macanimos para los escaños, por lo que se requiere que se apruebe con modificaciones. Así llegaría a un tercer trámite y Comisión Mixta.
5-Para resguardar la participación de personas en situación de discapacidad, se establecerá un porcentaje mínimo de 10% de los candidatos en las listas.