La Comisión de Libertad Condicional de Santiago fijó para el próximo jueves 14 de mayo una sesión en la que revisará solicitudes extraordinarias presentadas por personas que se encuentran privadas de libertad en establecimientos penitenciarios de la jurisdicción.
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Hasta la fecha, las solicitudes provienen de internos de los penales de Santiago Sur (exPenitenciaría), Colina 2 y Punta Peuco, pudiendo incorporase nuevas presentaciones hasta el día anterior a la sesión de la comisión.
El grupo de comisionados será presidido por la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, y estará integrado por los jueces de garantía Francis Fell, Nibaldo Arévalo, Freddy Cubillos y Sergio Córdova, además de los magistrados de tribunales de juicio oral en lo penal Valeria Alliende, Denise Eherenfeld, Mauricio Rettig, Carolina Herrera, Matías de la Noi y José Pérez.
La instancia resolverá solicitudes que de manera excepcional quedaron rezagadas y no alcanzaron a ser revisadas en el periodo ordinario de la sesión, entre el 1 y el 15 de abril.
«Estos casos pudieron no haberse revisado porque –por ejemplo- una de las exigencias para presentar la postulación a libertad condicional es la conducta. Puede haber casos en que algunos condenados no cumplían con ese requisito y este haya sido recalificado; entonces, si se modifica la conducta, de una regular a una muy buena, eso quiere decir que cumple esa exigencia de conducta, y debe ser revisado», comentó Paola Plaza.
La ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago también precisó que «hay peticiones extraordinarias de cuatro condenados que están solicitando una reconsideración especial para ser revisada por la Comisión de Libertad Condicional y ellos no fueron postulados en el periodo ordinario. Se revisará cuáles son las circunstancias que debemos considerar para también incorporarlos a esta revisión extraordinaria».
Añadió que «en el caso de estos cuatro condenados ya mencionados, también tenemos que considerar un pronunciamiento del Tribunal Constitucional acerca de las exigencias de los requisitos del Decreto Ley 321, fallo que está siendo invocando para efectos de determinar que su situación debió haber sido considerada por nosotros, y eso es lo que vamos a resolver».
«Si estimamos que efectivamente debieron haber sido postulados se va a seguir el procedimiento normal, que es hacer la ficha de postulación, con el tipo de delito que tiene, la exigencia de tiempo mínimo, la exigencia de conducta y el informe psicosocial. Todas las exigencias que la ley prevé tendrían que cumplirse en su respecto y después viene una decisión que es de fondo, si se concede o no la libertad condicional», concluyó.