A las 16:30 horas de este miércoles, de forma extraordinaria, el Senado comenzó a revisar el proyecto sobre la protección a la infraestructura crítica. Con esta norma, en «caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación”, el Presidente de la República estará facultado “para declarar un estado de alerta destinado al resguardo de la infraestructura crítica”. El conflicto, durante la discusión, se centró en que el proyecto de ley no define de forma inmediata lo que se considera como infraestructura crítica, sino que se establece un artículo transitorio mientras se define dicho aspecto.
Originalmente el proyecto consideraba una definición (ver recuadro), pero tras su paso por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento se definió que se detallaría después a través de una ley. El senador Carlos Bianchi señaló que dicho aspecto era demasiado vago y amplio. El parlamentario agregó que «no podemos seguir avanzando en la forma en que el Ejecutivo está manejando la crisis», destacando que el foco está demasiado cargado a seguridad y poco a la agenda social.
La importancia del orden
Ante esto, el ministro de Defensa, Alberto Espina, señaló que «diversos países cuentan con esta herramienta para proteger la infraestructura crítica». En defensa del proyecto, la autoridad mencionó diversos ejemplos a lo largo del país donde la infraestructura se vio en riesgo. Por su parte el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, agregó que «la importancia de avanzar en este proyecto recae en que «sin orden publico, no se pueden ejercer las funciones del Estado».
Pese a aquello, el senador Alejandro Guillier, criticó el desempeño del Gobierno en la crisis en general.»Una cosa es la lucha contra la delincuencia y otra las movilizaciones sociales. No queda claro el mínimo rigor que tendrá que tener esa invocación. ¿Vamos a sacar a los militares bajo la hipótesis de que estamos en guerra? Esto es seguirle dando atribuciones a un Gobierno no creíble», señaló el parlamentario. Tras intensas horas de debate el proyecto fue aprobado en general con una votación de 28 votos a favor y 12 en contra. Se presentaron además cinco indicaciones al proyecto, sin embargo por falta de quórum quedaron rechazadas.
Datos del proyecto
Según se define en el proyecto presentado por el Ejecutivo, la infraestructura crítica comprende las instalaciones, sistemas o componentes de: empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública, cuya perturbación en su funcionamiento o su destrucción “tendría un grave impacto sobre la población y el Gobierno, el Congreso Nacional, el Poder Judicial y los órganos de la Administración del Estado”.
Luego de las modificaciones en la comisión, la ley determinará los órganos, empresas y servicios que quedarán comprendidos en esta categoría. La “determinación de los órganos, empresas o servicios que forman parte de la infraestructura crítica se realizará mediante un decreto supremo que será suscrito, además, por los Ministros encargados de la Seguridad Pública y de la Defensa Nacional”.
¿Por cuánto tiempo podrá extenderse el estado de alerta?
Según consigna el proyecto, “el Presidente de la República estará asimismo facultado, en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación, para declarar un estado de alerta destinado al resguardo de la infraestructura crítica”.
Éste “no podrá extenderse por más de 30 días corridos” y “podrá prorrogarse por una sola vez por el mismo plazo, con acuerdo del Congreso Nacional”. Con esto se busca establecer “controles civiles y democráticos para el ejercicio de esta atribución”.