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Délano y Lavín deberán ir a clases de ética como condena por el Caso Penta

Libertad vigilada, multa de $1.700 millones y el cumplimiento de un programa formativo de ética para los contralores de Penta

(DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE/DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE)

Carlos Lavín y Carlos Délano, controladores de Penta investigados por aportar de forma ilícita al financiamiento político, recibieron su condena este lunes. El fiscal a cargo del caso, Manuel Guerra, decretó la semana pasada que solo el Sistema de Impuestos Internos (SII) podía querellarse por delitos financieros, dejando fuera la figura de cohecho por la que se les investigó inicialmente.

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Hoy se realizó la audiencia de lectura de sentencia contra los dos empresarios en el Juzgado de Garantía de Santiago. Délano y Lavín fueron condenados a cuatro años de presidio menor en su grado máximo, y a pagar $857 millones cada uno por perjuicio fiscal. Los controladores realizarán su condena en libertad vigilada, y deberán cumplir con un programa formativo sobre ética en dirección de empresas.

La abogada penalista H. Moya explica que el caso de Délano y Lavín se acogió a la Ley 18.216, de Cumplimiento Alternativo de las Penas, que permite la libertad vigilada intensiva mientras se cumplen otras condiciones, como la prohibición a ir a ciertos lugares o cumplir programas formativos.

«En este caso, como atendía a la naturaleza del delito, la única condición atingente es la realización de un curso. Como ellos infringieron los principios de la ética, es que tienen que hacer uno de ese tipo», explica Moya.

Los controladores de Penta tendrán que «presentarse oportunamente ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile para la elaboración del plan de reinserción», dicta la sentencia.

Penta (KARIN POZO/ATONCHILE/KARIN POZO/ATONCHILE)

Penta y política

El Caso Penta se dio a conocer en 2015, y se investigó como un caso de financiamiento ilegal de la política. Se comprobó que Pablo Wagner había recibido pagos de parte de Penta mientras ejercía como subsecretario de minería entre 2010 y 2012.

De ahí que instituciones como Ciudadano Inteligente, el Partido Socialista y el Consejo de Defensa del Estado se querellaran contra los contralores de Penta y Wagner, por soborno y cohecho.

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La semana pasada el fiscal a cargo de la causa, el fiscal Guerra, desestimó esos delitos, dando paso al juicio abreviado contra los acusados. Guerra declaró que sólo el SII podía querellarse por delitos tributarios, dejando fuera a los demás crímenes y denunciantes. Délano y Lavín fueron procesados por delitos tributarios.

«Existe una adecuada interpretación de la ley», dijo ayer Guerra a El Mercurio.»Que eso haya sido contrario a los intereses de los querellantes es algo que no podemos tomar en consideración», sentenció.

Conflicto

El CDE calificó la decisión de Guerra de arbitraria, y anunció que interpondrá un recurso de queja contra la resolución. El CDE fue uno de los querellantes que el fiscal Guerra dejó fuera del caso.

El polémico fiscal explicó ayer en T13radio que no pudo probar el cohecho, aunque aclaró que «yo no digo que lo que hizo Délano y Lavín esté bien. Y, aún más, en Chile hay un problema de tifipicación».

Guerra agregó que «hay determinadas conductas que no se encuentran tipificadas. Una de ellas, pero que se está discutiendo en el congreso, es incluir el cohecho por funciones».

La lectura de sentencia contra Pablo Wagner, ex subsecretario de minería del primer gobierno de Piñera, se hará el miércoles 11 de julio a las 14:00 hrs.

Clases de ética

Los empresarios de Penta no son los primeros procesados de una causa mediática que deben cumplir con esta medida decretada por un tribunal. En 2013 la corrupción de farmacias se dio a conocer la colusión de distintas cadenas para subir el precio de ciertos medicamentos.

Los 10 ejecutivos que enfrentaron la justicia cumplieron una pena similar a Délano y Lavín: libertad vigilada, pago de multas y clases de ética empresarial. En esa oportunidad la fiscalía se declaró que la ley no permitía aplicar penas más drásticas.

El año pasado CMPC y SCA, empresas acusadas por la colusión del confort, fueron condenadas a la «adopción de un programa de cumplimiento en materia de libre competencia que satisfaga los requisitos establecidos en la ‘Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia'». También se les obligó a pagar una multa

Además durante 2015 se debatió el tipo de ética que impartía la PUC a los alumnos de ingeniería, alma mater de los protagonistas de Penta. Ese mismo año se dio a conocer el grupo de WhatsApp «Asado Familiar», canal por el que estudiantes de esa facultad se pasaban respuestas de una prueba. La casa de estudios formuló un «Código de Honor» y repudió públicamente los hechos.

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