El Cuarto Tribunal Oral Penal de Santiago condenó a Cristián Fernando Solís Moraga a la pena única de 10 años de presidio efectivo, como autor de delitos de violencia intrafamiliar contra su ex pareja, cometidos entre 2015 y 2016.
En el juicio, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte logró acreditar tres delitos reiterados de amenazas, dos de violación de morada violenta, uno de lesiones menos graves, otro de lesiones leves y cuatro de desacato en contexto de violencia intrafamiliar.
Resolución
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Celia Catalán Romero (presidenta), José Flores Ramírez y Laura Assef Monsalve (redactora)– también condenó a Solís Moraga a la pena accesoria especial de prohibición de acercarse a su ex pareja, domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como cualquier otro lugar al que la víctima concurra o visite habitualmente, por el término de 2 años.
El fallo dio por acreditado que tras llamadas telefónicas y envío de mensajes de texto, Solís Moraga se presentó cerca de las 8 horas del 26 de diciembre de 2015, en el domicilio de su ex pareja en la comuna de Santiago, a quien amenazó con golpearla y matarla.
Otra vez
Luego, el 10 de julio de 2016, alrededor de las 2 horas, Solís Moraga volvió al domicilio de la víctima, ocasión en la cual la agredió con golpes de pies y puño en todo el cuerpo, y además le cortó con una tijera el pelo, provocándole «lesión erosiva lineal craneal frontal, lesión corto punzante anular y dedo medio de mano derecha, corte traumático de cabello en zona frontal».
Asimismo, este ingreso al domicilio y agresión se produjo pese a existir prohibición de acercamiento a la víctima, dictada en contra de Solís Moraga por el Juzgado de Garantía el 14 de junio de 2016.
Asimismo, alrededor de las 15 horas del 9 de agosto de 2016, Solís Moraga se acercó y agredió a su ex conviviente en la vía pública, «provocándole lesiones de carácter leve consistentes en lesión erosiva en región pre auricular izquierda, equimosis en espalda a nivel dorsal, ambos brazos, muslo derecho».
Amenaza de muerte
Además, en la mañana del 29 de agosto de 2016 en el domicilio de la víctima, una vez más, la amenazó de muerte. Solís Moraga, en horas de la tarde del mismo día, pese a existir una prohibición de acercamiento a la víctima, concurrió nuevamente al domicilio de su ex pareja, siendo sorprendido por Carabineros.
El condenado «realizó voluntariamente un comportamiento generador de un riesgo típicamente relevante, siendo importante señalar que el grado de agresividad y de querer producir un daño en la víctima de parte del imputado, son relevantes (…) en este caso demuestra un querer hacer daño profundo, una intención de producir total menoscabo y sumisión en la víctima», consigna el fallo.