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Imagine que un ciudadano llamado Pedro Mardones es nombrado ministro de Minería. Pedro es un connotado ingeniero, con una vasta trayectoria en el mundo privado que le ha permitido ser accionista y director de muchas empresas. Así, Mardones ha logrado amasar una cuantiosa fortuna, compuesta principalmente por acciones de Litium, empresa minera del país.
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Suponga que el ministro de Minería debe decidir qué empresa del rubro obtendrá la concesión para un explotar un mineral que posee el Estado. Sólo una empresa podrá hacerlo. El sector se frota las manos, pues quien se adjudique la concesión obtendrá suculentas utilidades. Tras un proceso de análisis, el Estado resuelve otorgar la concesión a Litium. Dado esto, el precio de las acciones sube como la espuma, así como la riqueza del ministro.
¿Litium habrá sido la empresa más idónea para explotar el estratégico mineral? ¿El ministro habrá tomado una decisión pensando en la sociedad o en sus finanzas personales? En este ejemplo estamos en presencia de un evidente conflicto de interés, pues el ministro debe debatirse entre tomar una decisión que perjudicará o favorecerá su riqueza.
Lo que se espera de la autoridad es que actúe con probidad, vale decir, que anteponga los intereses y el bienestar de la sociedad sobre el suyo. El problema es que, en este ejemplo, todo queda a criterio de Mardones.
Para buscar evitar faltas a la probidad y transparentar conflictos de interés es que en 2016 se promulgó una ley que obliga a las más altas autoridades a presentar una declaración de patrimonio e intereses. Presidente, ministros, subsecretarios, entre otros, deben informar públicamente qué bienes e inversiones poseen. Adicionalmente, la ley ordena que las autoridades que posean más de 25 mil UF ($660 millones aprox.) en inversiones en acciones, bonos u otros instrumentos emitidos por sociedades chilenas deben contratar a una empresa que administre esta riqueza.
La ley prohíbe que esta empresa consulte decisiones o informe el estado de las inversiones a la autoridad o a sus cercanos. Esto se conoce como “fideicomiso ciego”. Si la autoridad no desea esto, está obligado a vender sus inversiones hasta que estas asciendan a las 25 mil UF.
Sobre el Mandatario pesa el magro antecedente de que un exministro y un exsubsecretario de su primer mandato estén formalizados por cohecho y delitos tributarios
El gabinete del Presidente Piñera, anunciado recientemente, deberá velar por el fiel cumplimiento de la ley sobre probidad, pues son muchas las autoridades que poseen cuantiosas inversiones y asumirán en distintas áreas de la administración pública.
Sobre el Mandatario pesa el magro antecedente de que un exministro y un exsubsecretario de su primer mandato estén formalizados por cohecho y delitos tributarios. A la espera de que la justicia se pronuncie, lo ideal es evitar futuros episodios que socaven la imagen del país y sus instituciones.
Habrá que estar atento a ver si la transparencia y la probidad serán pilares de la nueva administración. Porque ya no es voluntario, es simplemente el cumplimiento de la ley.