La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de protección presentado por habitantes del valle del Choapa, Región de Coquimbo, por la supuesta contaminación de aguas para consumo humano. Los recurrentes culpaban a un tranque de relave de la mina Los Pelambres, lo que fue descartado por el máximo tribunal del país.
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Se trata de una batalla más en lo que se ha denominado la “guerra por el agua” entre las comunidades del valle y la minera de propiedad del grupo Luksic, que se remonta a 1999 y que registra algunos triunfos en tribunales de los habitantes del Choapa. Tras esta última resolución, a los denunciantes sólo les queda recurrir a la autoridad ambiental competente.
En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Rafael Gómez– no dio lugar a la acción de los recurrentes por no existir evidencia científica sobre la eventual presencia de elementos tóxicos en el agua potable.
“Según los antecedentes aportados y descritos, no existen elementos de convicción fehacientes y certeros que permitan concluir la actual afectación de derechos y garantías que se denuncian vulneradas en la referida acción cautelar”, dijo el máximo tribunal
“Conforme a los exámenes efectuados tanto por la autoridad sanitaria como por un laboratorio particular contratado por el Comité de Agua Potable que surte a los recurrentes, no procede acoger esta acción de protección, por estar impedida esta Corte de adoptar alguna medida como las requeridas por los actores”, señala la resolución.
“Según los antecedentes aportados y descritos, no existen elementos de convicción fehacientes y certeros que permitan concluir la actual afectación de derechos y garantías que se denuncian vulneradas en la referida acción cautelar”, añade.
Lo anterior, según resalta el fallo,»sin perjuicio de que los interesados puedan acudir a la autoridad ambiental competente a fin de poner en su conocimiento los antecedentes con que cuentan y se inicie un procedimiento de fondo que contemple el pleno ejercicio de los derechos de los afectados y de quienes, consideran, constituyen la fuente de la contaminación».
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La resolución concluye que «en este caso, conforme a la coincidencia de los resultados arrojados por los informes evacuados, que además son objetivamente contrastables puesto que provienen de diversas fuentes, públicas y privadas, y épocas -anualidades-, no resulta convincente la postura asumida por los recurrentes, puesto que tales investigaciones descartaron cualquier riesgo de contaminación en el agua que bebe la comunidad radicada en el Valle del Choapa y cuya fuente sean presuntos derrames del tranque de relaves que pertenece a Los Pelambres«.
Después de años de operaciones en la zona, desde su implementación en 1999, la minera ha mantenido enfrentamientos y “diálogos” con diferentes localidades de dicha zona.
Cuando su primer tranque de relave “El Chinche” se agotó, procedió a instalar el tranque “Los Quillayes” en la zona alta del valle en el sector de Cuncumen, que se agotó rápidamente, puesto que en menos de dos años ya estaba a máxima capacidad. El recinto fue cerrado con el apoyo de las autoridades locales y regionales.
La minera buscó un nuevo tranque esta vez en la localidad de Caimanes, instalando el tranque el Mauro que agotó y contaminó las aguas del estero El Pupío. La comunidad de Caimanes llevó a cabo una larga y dura lucha judicial, la cual finalmente ganó con un fallo histórico de la Cuarta Sala de la Corte Suprema, la cual el 21 de octubre del 2014 exigió a la minera devolver el cauce natural de las aguas del Pupío.