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En tiempos de crisis económica invertir en inmuebles es una opción segura para generar ganancias extras. Sin embargo, esa oportunidad puede convertirse en un verdadero problema cuando el arrendatario no cumple con lo acordado. Igualmente, quienes buscan un lugar donde vivir pueden correr el riesgo de ser estafados. Por eso, en ambos casos importante tomar ciertos resguardos.
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Según el director jurídico de Segal, Rodrigo Samur, es fundamental acreditar el dominio de la propiedad, solicitando un certificado al Conservador de Bienes Raíces, con una vigencia no superior a 30 días. “No basta con la escritura. En eso debe fijarse el arrendatario. Por su parte, el arrendador debe pedir referencias y ojalá un aval o un codeudor solidario”, recomienda.
Además, el abogado sugiere solicitar un informe de Dicom a quien busca arrendar la propiedad, lo que junto con la última liquidación de sueldo puede ser útil para acreditar la situación financiera de la contraparte.
Luego, el contrato de arriendo debe firmarse ante notario. “El propietario de la casa difícilmente se va a exponer a firmar contrato a tres personas distintas, por lo que el riesgo de estafa disminuye al mínimo”, señala Samur.
Diez consejos para arrendar
Muchos arrendatarios que dejan cuentas sin pagar, provocan destrozos en la vivienda o no cancelan las mensualidades. Para evitar tales inconvenientes, Juan Francisco Labbé, gerente comercial de Labbé Propiedades, aporta 10 consejos que vale la pena considerar:
1- Tener claro si el arriendo se llevará a cabo de forma directo entre dueño – arrendatario o por medio de un corredor de propiedades.
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2- El dueño debe tener un certificado de dominio del inmueble con fecha reciente, y un certificado de hipotecas. De esta forma puedes comprobar que la vivienda que se arrendará no tiene deudas.
3- En el caso de arrendar con un corredor, el dueño del inmueble debe entregar un poder donde acredite que cede a esta persona la gestión de arrendamiento. Además, debe tener los documentos de la vivienda y certificados de hipotecas.
4- Es importante, chequear en el portal del poder judicial para verificar si a la persona que se le arrendará la propiedad, tiene demandas de incumplimientos de arriendos anteriores.
5- El arrendatario debe entregar una documentación antes de realizar el contrato. Estos documentos son certificado de antecedentes y de dicom,contrato de trabajo o beca universitaria –en el caso de estuantes del extranjero- ; y un aval que cuente con un sueldo un 30% superior al del futuro arrendador.
6- El contrato debe ser claro en la individualización de las partes y del inmueble a arrendar; los plazos del contrato y mecanismo de renovación o solicitud de la propiedad; monto de arriendo y garantía junto con la medida reajustable; destinación o uso de la vivienda; qué mejorar están o no permitidas; prohibición de subarrendar y el pago de los gastos comunes. Además, se deben fijar los periodos de inspección para verificar el estado del inmueble, y cláusulas penales en caso de incumplimiento del contrato.
7- Se debe anexar al contrato el detalle del estado de la propiedad, sus atributos y equipamiento, donde se deje registro del pago a realizar en caso de daños.
8- El contrato siempre debe ser firmado ante notario, ya que de esta forma tendrás un respaldo legal en el caso que no cumplan las condiciones acordadas. Una vez, realizado el acuerdo se procede al pago del mes de arriendo y la garantía. Asegúrate que se realice en efectivo o directo a tu cuenta corriente, y NO a través de depósito en buzones del banco.
9- Una vez que ya se haya realizado el contrato, es fundamental verificar el pago del arriendo mensual, asimismo, el detalle de los servicios cancelados de forma directa con la empresa (gastos comunes, agua, luz, internet, entre otros), para así corroborar el comportamiento del arrendatario.
10- En el caso que el arrendatario no cumpla con lo acordado en el contrato, debes presentar acciones legales -una denuncia- ante un tribunal judicial.