Septiembre es una fecha sensible para la seguridad vial. Las estadísticas señalan que los accidentes y las muertes aumentan en este mes del año. Como antecendente, en 2014 ocurrieron 893 accidentes de tránsito en el período de celebraciones patrias, de los cuales 142 fueron causados por automovilistas que conducían bajo los efectos del alcohol.
Combatiendo esta cruda realidad, y con el afán de disminuir la tasa de accidentabilidad y mortalidad en siniestros de tránsito, producto en gran medida por la conducción bajo la ingesta de alcohol, las autoridades en los últimos años han endurecido las penas en esta área, fundamentalmente con la promulgación de dos leyes: la Ley Tolerancia Cero (2012) y la Ley Emilia (2014), pero ¿qué diferencia a una de la otra?.
La Ley Tolerancia Cero entró en vigencia en marzo de 2012 como modificación de la Ley de Tránsito. La iniciativa legal bajó los grados de alcohol permitidos en la sangre para conducir, estableciendo el “estado de ebriedad” en 0,8 gramos por litro de sangre y “bajo la influencia del alcohol” en 0,3 gramos por litro de sangre.
Al mismo tiempo se incrementaron las sanciones relativas a la suspensión de la licencia de conducir, dependiendo de la infracción que se cometa y las consecuencias que ésta tenga, siendo mucho más rígida que en la anterior legislación.
A modo de ejemplo, si una persona es sorprendida manejando en estado de ebriedad por primera vez, sin ocasionar daños ni lesiones, verá suspendida su licencia de conducir por 2 años. En la misma línea, cuando una persona en estado de ebriedad causa lesiones gravísimas o la muerte de una persona, por primera vez, quedará inhabilitada para manejar un vehículo de por vida.
Las penas de cárcel que se establecen para la conducción en estado de ebriedad en caso de causar lesiones gravísimas o muerte, no forman parte de los cambios de la “Ley Tolerancia Cero”, sino fueron establecidas con la nueva normativa “Ley Emilia” que entró en vigencia en septiembre 2014.
A su vez, la Ley Emilia nació de una petición ciudadana y lleva el nombre de Emilia por la menor fallecida Emilia Silva Figueroa.
Con la nueva Ley Emilia, que se encuentra vigente desde el 16 de septiembre de 2014, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además, con esta reforma se establece como delito fugarse del lugar del accidente y negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia.
En caso de que un conductor sea encontrado con alcohol en la sangre, pero sin que haya causado lesiones gravísimas o la muerte, no se aplica la “Ley Emilia”, sino la “Ley Tolerancia Cero”.
El teniente coronel José Luis Sepúlveda, de la Prefectura de Tránsito, Carreteras y Seguridad Vial de Carabineros de Chile, señaló que “la conducción y el alcohol son absolutamente incompatibles. Por ello, a través de nuestros servicios preventivos, que desplegaremos en las diferentes calles, avenidas y rutas del país, intensificaremos nuestros esfuerzos para controlar y fiscalizar que no se generen este tipo de conductas irresponsables. Pero necesitamos, por cierto, el autocuidado y compromiso de las personas para evitar –en conjunto- la ocurrencia de accidentes de tránsito”.