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Los caminos de Rojas Vade que permite la ley: no autoriza renuncias unilaterales y salida podría verse tras una querella

El constituyente Rodrigo Rojas Vade mintió con diagnóstico de cáncer y ahora son muchos los que piden su inmediata salida de la Convención.

Constituyentes llegan al Ex Congreso de Santiago 2 de Septiembre de 2021 /SANTIAGO Ingreso de Convencionales al Ex Congreso Nacional para una nueva jornada de la Convención Constitucional. En la imagen : Rodrigo Rojas Vade FOTO :CRISTOBAL ESCOBAR /AGENCIAUNO (Marcos Zegers /Cristóbal Escobar /Agencia UNO)

Rodrigo Rojas Vade detonó una bomba este fin de semana, luego de que La Tercera revelara que el constituyente de La Lista del Pueblo no padece cáncer y minutos después él mismo lo confirmara a través de un video.

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Desde ese momento, el tema tiene raptada las redes sociales y la discusión es una sola: ¿Qué debería pasar con Rodrigo Rojas Vade?

Lo primero en ocurrir fue que la Mesa Ampliada de la Convención Constitucional aceptó la renuncia de Rojas Vade a la vicepresidencia de la instancia. 

Muchos piden su renucia, que salga de la Convención, ¿Pero es esto posible?

El coordinador de la comisión transitoria de ética de la Convención Constitucional, Marcos Barraza (PC), ha explicado que  la única forma en que Rojas Vade pueda ser removido del órgano, es que alguien interponga una querella.

Con este recurso judicial, se solicita su desafuero, para investigar si hay delito.  La ley no contempla la opción de una renuncia unilateral.

En «Estado Nacional», Barraza explicó que “mientras no exista un reglamento definitivo de ética, que se aprobó por la comisión pero tiene que ser visto por el pleno de la Convención Constituyente, opera (para la Convención) el reglamento de la Cámara de Diputados”.

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«Si nos remitimos a las normas de la Cámara de Diputados, en estricto rigor, no hay sanciones, tanto en el reglamento de la Cámara, como en el que definitivamente se va a aprobar (en la Convención) que impliquen renuncias o remociones en la condición de constituyente. A los constituyentes les asisten otras normas, en términos de remoción, equivalentes o iguales a las que existen para los diputados y diputadas en términos de desafuero y otros”, indicó.

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