En un trágico suicidio terminó un negligente procedimiento de Carabineros en el año 2015, y que ahora tras fallo judicial, el Fisco deberá indemnizar con $75 millones a la esposa e hijo de la víctima.
El hecho ocurrió en Copiapó cuando Rosa Collao Aros y Juan Aravena Collao solicitaron la presencia de Carabineros en su domicilio ya que su cónyuge y padre del hombre, José Aravena Bustos amenazaba con quitarse la vida.
El hombre aseguraba tener un arma que sólo él sabía dónde estaba, por lo que la presencia policial se justificó para calmar la situación.
Una vez que Carabineros se hizo presente en el lugar, la situación empeoró al cometer un procedimiento negligente, según se lee en la demanda que dio a conocer Radio Bío Bío.
Carabineros le pidió al hombre, que estaba en tratamiento siquiátrico, que fuera a buscar el arma, pero éste se encerró en una habitación y salió con el revólver en la boca.
Esto provocó que uno de los oficiales se abalanzara sobre el hombre para quitarle la pistola, lo que provocó un disparo que le terminó costando la vida.
La Corte Suprema indica en su fallo que los sucesos a que se refiere la presente causa tienen la connotación necesaria para ser calificados como generadores de responsabilidad, puesto que se refieren a negligencias en que incurrió el personal de Carabineros de Chile en el ejercicio de sus funciones, lo cual importa una evidente falta de servicio”.
«Es posible concluir que, en los acontecimientos ocurridos el día 4 de noviembre de 2015, Carabineros de Chile prestó un servicio deficiente, actuando en desapego a la normativa y protocolos que rigen su actuar en circunstancias como las descritas, frente al peligro que representaba la tenencia de un arma de fuego por parte de una persona que amenazaba con quitarse la vida», indica el fallo.
El fallo señala que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública “será responsable por los daños que causen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado”.
Tras una apelación y una revocación del fallo, la Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $75.000.000 a los demandantes debido a que “el servicio actuó, en este caso, de manera imperfecta, en tanto se siguió un procedimiento que no se ajustó a los protocolos institucionales, falencia que constituyó la causa directa del fallecimiento de la víctima”.