La Cámara de Diputados aprobó por 109 votos a favor, 6 en contra y 24 abstenciones el proyecto de ley que suspende el cobro de cuotas de créditos de diverso tipo mientras dure el estado de excepción constitucional de catástrofe.
De esta manera, el texto fue remitido al Senado para su segundo trámite constitucional.
La norma beneficia a personas naturales y pymes, que tendrán el derecho a solicitar la suspensión del pago de seis cuotas de créditos de cualquier naturaleza, suscritos con instituciones con acceso a la Facilidad de Liquidez con Incentivo al Crédito del Banco Central y por el monto otorgado por éste.
En la sesión, los parlamentarios aprobaron el segundo informe de la Comisión de Economía, que rechazó la indicación sustitutiva planteada por el Gobierno, que pretendía acotar este beneficio de suspensión sólo a las cuotas de créditos hipotecarios.
Asimismo, la sala votó en contra una indicación de la Comisión de Hacienda, que eliminaba la posibilidad de acogerse a este beneficio a las personas que hayan contraído créditos de financiamiento para cursar estudios en educación superior administrados por Corfo. Sobre este punto, la diputada Sofía Cid (RN) pidió reserva de constitucionalidad, por corresponder esta materia, a su juicio, a una atribución exclusiva del Ejecutivo.
De esta manera, para hacer efectivo el beneficio de suspender el pago por seis meses, la operación de crédito no podrá encontrarse en mora con anterioridad al 18 de octubre de 2019.
También se establece que las cuotas pactadas deberán ser pagadas al final de la deuda, en el mismo número de cuotas, reajustadas a la tasa de interés anteriormente pactada en el crédito.
El texto señala que no podrá realizarse ningún cobro por mora, multa u otro tipo de cargo adicional.
La institución tendrá un plazo de cinco días hábiles bancarios para responder a la solicitud y durante el tiempo que medie entre el ingreso de la solicitud y la respuesta del acreedor no podrá exigirse el pago de las cuotas.
TIPOS DE CRÉDITOS Y BENEFICIARIOS
Los tipos de créditos que están incluidos en el proyecto son los de consumo, incluidos aquellos con garantía prendaria y los créditos automotrices, por hasta 3.000 UF; hipotecarios para la adquisición del inmueble que sirva como residencia principal del deudor, por un monto de hasta 5.000 UF; leasing para adquirir bienes muebles de hasta 3.000 UF o bienes inmuebles por hasta 5.000 UF y avances en efectivo con tarjetas de crédito por no más de 10 UF.
La iniciativa establece que podrán acogerse al beneficio quienes acrediten estar dentro del 70% de menores ingresos en el Registro Social de Hogares; beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia; quienes estén percibiendo o se hayan acogido al Seguro de Desempleo; trabajadores independientes que den cuenta de una disminución significativa de sus ingresos; deudores de créditos para acceder a educación brindados por Corfo, además de micro, pequeñas y medianas empresas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades no excedan las 75 mil UF.