La Superintendencia de Seguridad Social instruyó a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (Ccaf) a adoptar medidas en relación al cobro de las cuotas y otorgamiento de créditos sociales de sus afiliados afectadas por la emergencia causada por los incendios forestales.
Mediante un comunicado, el organismo explicó que la medida «tiene como objetivo ayudar a la situación aflictiva que están enfrentando los trabajadores y pensionados en las regiones y/o comunas decretadas por el Gobierno de Chile como zonas de catástrofe, contempla que las Ccaf podrán suspender el cobro de las cuotas de crédito social a sus afiliados, trasladando los dividendos al término del plazo del servicio de la deuda, sin que ello implique un costo adicional para los afiliados».
La acción también contempla que estas entidades podrán otorgar créditos sociales en condiciones más favorables, incluyendo flexibilidad en los pagos, períodos de gracia, tasas de interés menores a las vigentes al momento de su concesión, efectuando reprogramaciones con un costo menor para el afiliado.
«Además, las Ccaf podrán destinar bonos de dinero y en especie, así como prestaciones adicionales de salud para los afiliados de las zonas decretadas como Zona de Catástrofe», añade la Suseso.
Finalmente, la medida instruye que las cajas deberán informarle al ésta las medidas a implementar, una vez que las sancionen sus respectivos directorios, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Protección de trabajadores
La Suseso también envió un oficio a las Mutualidades e Instituto de Seguridad Laboral con el objetivo de que implementen medidas de prevención y seguridad orientadas a la protección de los trabajadores que estén en las zonas afectadas por los incendios.
«Las mutualidades e ISL, (organismos administradores de la Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales) deberán entregar asistencia técnica en todas aquellas entidades empleadoras que se encuentren en las zonas afectadas por los incendios acontecidos en las regiones de Metropolitana, Valparaíso, O’Higgins, Maule y Biobío, de acuerdo al decreto de estado de catástrofe emitido por el Gobierno de Chile, para evitar accidentes laborales y de trayecto, así como enfermedades generadas por la emergencia», señala la entidad.
La entidad estatal además requirió a estos organismos informar a los empleadores de las medidas de prevención a implementar para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. «Si se detecta alguna condición que ponga en riesgo la vida de los trabajadores y se constata que el empleador no implementa las medidas prescritas, el organismo administrador deberá realizar la denuncia al organismo administrador competente», añaden.
Junto con lo anterior, se hace hincapié en que las mutualidades e ISL deberán mantener operativos los centros de atención de salud, que permitan entregar asistencia a los trabajadores en las zonas afectadas por los incendios forestales, además de mantener informada a las entidades empleadoras de los lugares disponibles para la atención de los trabajadores.
Por último, la Suseso les solicitó tomar todas las medidas pertinentes para dar máxima difusión de las recomendaciones de salud y seguridad en el trabajo a las empresas adherentes en las zonas afectadas, en particular a las regiones decretadas como Zonas de Catástrofe, con la finalidad de prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.