La ministra de Justicia, Javiera Blanco, afirmó hoy que la acusación constitucional en su contra por las pensiones en Gendarmería «es un reproche político» y no cuenta con respaldo jurídico estricto.
Blanco concurrió hoy con su abogado defensor Jorge Couso a la comisión de diputados que está viendo la acusación constitucional por el tema de Gendarmería -el otro es por el Sename- y al término de la sesión se refirió al libelo acusatorio.
“No cuenta con el carácter de último recurso. No se explican que hayan dos comisiones investigadoras constituidas para analizar estos mismos temas y que se esté presentando una acusación constitucional. Independiente de lo que las comisiones investigadoras puedan concluir, ya hay una intencionalidad de acusar”, señaló la ministra.
“Lo que uno ve más bien en el libelo es un reproche político, no es la invocación de causales jurídicas estrictas que son las que tiene una acusación constitucional: se refiere a hechos de terceros, no de esta ministra; hace más bien un análisis de labores de fiscalización cuando son otras las instancias de fiscalización del Parlamento», añadió.
También afirmó que la acusación tiene «errores como decir que esta ministra estaba en ejercicio en octubre de 2014 cuando es de público conocimiento que en esa fecha yo estaba como ministra del Trabajo, o que asumo en marzo de 2015 cuando es de público conocimiento asumo en mayo de ese año”.
En la sesión de hoy, que marcó el término de la defensa de la ministra en esta arista, el abogado Couso también recalcó quer la acusación tiene una serie de imprecisiones y errores, además de no cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Carta Fundamental para su admisibilidad.
“Esta acusación, a nuestro juicio, carece de fundamentos constitucionales y legales. No se logran configurar las causales en virtud de las cuales la Constitución autoriza algo tan serio como es la destitución e inhabilitación de un ministro de Estado”, explicó Couso.
Por su parte, durante la sesión, la secretaria de Estado respondió, en primer lugar, las preguntas formuladas por la diputada Marcela Sabat (RN), quien se refirió a los actos personales que pueden dar lugar a una acusación constitucional.
En ese sentido, la parlamentaria pidió precisar cuándo un acto de una autoridad pública, en el desempeño de sus funciones, es funcional y cuando no. Además, solicitó conocer qué ocurre con las acciones realizadas por un subordinando que acata instrucciones de un ministro.
A lo anterior, el abogado de la Ministra, Javier Cousso, respondió que un acto personal es un requisito para que se acuse y se condene a un alto funcionario del Estado, en sede de acusación constitucional, “esto por el sencillo motivo de que las consecuencias de esta acusación son personales y no es el Ministerio quien queda como persona jurídica, sino que la persona natural que en este caso es la Ministra Blanco”.
Asimismo, la ministra agregó que es importante establecer que el libelo se basa en un intercambio epistolar entre dos personas y en dichos del director en una entrevista, donde tampoco se le atribuye a la ministra responsabilidad, sino que se habla de terceros.
“Es gratis mencionar a una persona sin que nos conste si esa persona, efectivamente, tuvo participación o no en los hechos”, puntualizó.
Asimismo, el abogado Cousso aclaró que no es menor acusar a una ministra sin pruebas fehacientes de que estuvo involucrada en una especie de conspiración. “Esto es lo que hace el libelo, aparte de muchas cosas confusas, este es uno de los problemas que tiene”, acotó.
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