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Durante esta mañana la Presidenta de la República Michelle Bachelet dio a conocer que “el canciller va a informar al país, que ha decidido Chile demandar a Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por el Silala. Ellos insisten en que son aguas de un manantial, nosotros que es un río internacional. La demanda es para pedir que la Corte se pronuncie sobre si es un río internacional como decimos nosotros”, en entrevista con la emisora Radio Zero.
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Esto, en respuesta a lo anunciado por Bolivia el pasado 26 de marzo, cuando el país vecino anunció que recurriría al tribunal internacional para que se pronunciara sobre este tema.
Tras el anuncio de la Mandataria, el canciller Herlado Muñoz destacó que “Bolivia sostiene que el Silala no es un río internacional por eso reclama el uso del 100% de sus aguas, esta posición se remonta solo a 1997 (…) a partir de ello el presidente de Bolivia anunció en marzo que su gobierno presentaría una nueva demanda contra Chile por lo que llamó el ‘robo’ de las aguas del Silala, y ha realizado una serie de acciones para que el Silala no siga fluyendo hacia Chile, esto es inaceptable”.
Acá, los cinco puntos claves que manifestó Herlado Muñoz para entender las pretensiones de Chile con esta demanda ante La Haya:
- “Chile le pida a la Corte que decida que el río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso se encuentra regido por el derecho internacional”.
- “Que Chile tiene derecho a un uso equitativo y razonable de las aguas del río Silala en conformidad al derecho internacional”.
- “Que bajo el estándar de uso equitativo y razonable Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del río Silala”.
- “Que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas adecuadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile, resultante de sus actividades en las cercanías del río Silala”.
- “Que Bolivia tiene la obligación de cooperar con Chile y notificarle oportunamente de medidas que haya planificado y que pueda tener un efecto adverso en los recursos hídricos compartidos, de intercambiar antecedentes e información y de conducir cuando sea apropiado un estudio de impacto ambiental para permitir a Chile evaluar los posibles efectos de estas medidas”.
PUB / DIG