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Desde la mañana de este lunes 11 de enero, y hasta el 20 de este mes, comienza el plazo para que los estudiantes que postulan a primer año de educación superior puedan hacer efectivo su derecho a retracto, según informó el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
Así lo señaló el director del Sernac, Ernesto Muñoz, quien destacó que «el derecho a retracto es aplicable a todas las instituciones de educación superior, sean universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica», según publica LaTercera.cl.
Muñoz agregó que este derecho se aplica paratodas las intitutciones de educación superior, sean estas universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, y que «el establecimiento no puede cobrarle por ningún servicio al alumno que desistió de dicha institución».
Si el alumno firmó o canceló algún monto correspondiende a matrícula, arancel, o cualquier otro cobro realizado por la institución, ésta tiene la obligación de devolver todo lo pagado en un plazo máximo de diez días, desde que el alumno hace efectivo su derecho a retracto. Sin embargo, la norma establece que la institución puede retener el 1% de lo pagado por el estudiante, considerado como costos administrativos.
Los estudiantes que quieran concretar su derecho al retracto deben concurrir a la institución en que originalmente se matricularon con el comprobante de matrícula de la segunda institución en que se matriculó, y además se recomienda adjuntar a la documentación una carta en la que se explique porque se hace efectivo el derecho a retractarse.
Finalmente, si luego del plazo de diez días desde que se informó sobre la retracción del alumno la institución no hace devolución de los recursos cancelados por el alumno, éste deberá concurrir al Sernac para que se inicien las acciones pertinentes.
PUB / DIG